Aprobación del protocolo contra el acoso sexual en el Ayuntamiento de Madrid y Sus OOAA

El pasado 7 de marzo, UGT suscribió el «Protocolo para la prevención, detección y actuación frente al acoso sexual, acoso por razón de sexo u orientación sexual e identidad y expresión de género» del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

La consecución de este importantísimo protocolo se produce tras muchos meses de compleja negociación y se logra, principalmente, gracias al trabajo de la parte social y a los compromisos incluidos en el «Plan de Igualdad entre mujeres y hombres» del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, que fue aprobado por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta de la Gerencia de la Ciudad el 15 de diciembre de 2016.

El Protocolo tratará de identificar y promover aquellos factores que contribuyan a crear un entorno laboral libre de acoso y que permitirá canalizar las denuncias que pudieran producirse de cara a erradicar este tipo de prácticas. Del mismo modo, en el texto se pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos consideran que el acoso sexual, el acoso por razón de sexo y el acoso por orientación sexual e identidad y expresión de género son fenómenos que atentan gravemente contra la dignidad y el respeto de las personas, así como contra el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, independientemente de la forma de expresar su sexualidad y su género, por lo que resultan totalmente inaceptables y no deben ser tolerados en ninguna circunstancia. En consecuencia, el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos se comprometen a prevenir y detectar este tipo de prácticas en su entorno laboral y a garantizar la debida protección y asistencia a las personas que las sufran.

En el Protocolo se establece un procedimiento para detectar, evitar y suprimir dichas conductas, identificando y promoviendo factores que contribuyan a crear un entorno libre de acoso y canalizando las denuncias que pudieran producirse en relación a aquellas estableciendo el marco procedimental de aplicación. En este sentido, pretende responder con la máxima celeridad a las situaciones susceptibles de ser constitutivas de acoso sexual, acoso por razón de sexo, acoso por orientación sexual o acoso por identidad y expresión de género, asegurando en todo el procedimiento la asistencia y la protección de quienes las sufren, aplicando los principios de confidencialidad y sigilo, respeto, profesionalidad, objetividad e imparcialidad.

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Líneas básicas para la revisión del protocolo frente al Acoso Laboral

El pasado 4 de mayo, fuimos convocados los sindicatos por la Corporación, en el Comité de Seguridad y Salud, para informarnos de la próxima revisión del actual Protocolo de actuación frente al acoso en el entorno laboral.
Reconocida por todas las partes presentes la ineficacia del vigente protocolo, se comunicó la intención de revisar el mismo, abriendo la vía de participación a la parte social, tal y como establece la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. Leer más …