Boletín nº 4 de Servicios Generales

Ya tenéis disponible el número cuatro de nuestro boletín correspondiente a octubre-noviembre, con el siguiente indice:

UGT en defensa de Linea Madrid
Grupo B una prioridad para UGT
Avances para combatir la Brecha de Género
Niveles Mínimos para los grupos de la administración
La Plantilla en cifras
Coeficientes reductores
Servicios Sociales
Servicios para afiliados
Riesgo Psicosociales y acoso 
Oficial Mecánicos Conductores

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UGT SE REÚNE CON EL GRUPO MÁS MADRID PARA AUNAR ESFUERZOS EN LA VIABILIDAD DEL ACUERDO DE CONDICIONES LABORALES DE AGENTES DE MOVILIDAD

En el marco de las iniciativas para desmontar la falta de viabilidad del Acuerdo de Condiciones Laborales de los Agentes de Movilidad que argumenta la actual Corporación, representantes de UGT se han reunido en el día de hoy con miembros del grupo Más Madrid para intercambiar información y valoraciones sobre la negativa del actual equipo de gobierno a la tramitación del mismo.

Entendemos que como parte activa en la firma del citado documento, Más Madrid tiene un compromiso con el colectivo a la hora de defender un acuerdo que constituye una importante posibilidad de mejora tanto en las condiciones laborales de la plantilla como en las oportunidades que abre para su futuro profesional, por lo cual se han comprometido a la presentación de una pregunta en la próxima Comisión de Medio Ambiente y Movilidad, que tendrá lugar el lunes 18 de noviembre y de cuyo contenido os informamos a continuación.

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SOBRE FAKENEWS Y OTRA PIEDRAS EN EL CAMINO

Tras recibir las propuestas de la OEP 2019 para turno de promoción interna, que fue debatida en la Mesa convocada el día 8 de noviembre tras la abstención de UGT en la sesión anterior al ser una oferta insuficiente, vemos con preocupación que, aunque se han modificado plazas con la inclusión de promoción interna en más categorías, persiste un gran vacío, defendido por UGT hasta la saciedad… ¿Dónde está la promoción interna de los Agentes de Movilidad a Policía Municipal?

Entre ambas convocatorias, hemos hecho los deberes y al primer interlocutor al que nos dirigimos fue al Director General de Policía, que nos reconoció los compromisos adquiridos y dejó patente su intención de cumplir lo pactado (referente al número de plazas y la inclusión en las OEP), si bien puso sobre la mesa el escollo que plantea la tramitación del Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

Siguiendo la estela de la OEP 2018, hemos solicitado que se incluyan las plazas, aunque queden pendientes de resolución la forma y el ámbito legal de convocatoria. La respuesta facilitada por la Administración en la Mesa General ha sido que han preferido ajustarse a la realidad actual de la convocatoria, emplazándonos al primer trimestre de 2020, donde su objetivo es aprobar la OEP 2020, dando cabida a las plazas que se hayan quedado pendientes.

Ha sido curioso observar como, por enésima vez, la defensa ha sido abanderada por UGT, mientras que el resto intentaron unirse a la estela una vez planteado el debate en el seno de la Mesa de Negociación

Y al hilo de lo que sucede en la citada Mesa, nos gustaría desmontar un ejemplo de fakenews, vertido sobre la posición de UGT ante la propuesta que CSIF llevó a la COMISE del 30 de octubre sobre el cobro de los 54 € recogidos en el artículo 13 del Acuerdo Convenio. Dicha propuesta fue rechazada por la Administración sin opción de debate, alegando que era un tema abordado en la COMISE de los días 5 y 6 de febrero, donde se había dicho -y ellos entendían que quedó suficientemente claro- que la finalidad de esta cuantía era evitar desigualdades en las compensaciones económicas entre colectivos que tienen marcado el cobro de festividad y/o compensaciones por los festivos trabajados y los que los trabajan de forma esporádica, situación que indicaron no se da en el Colectivo de Agentes de Movilidad, dado que tienen incluida la festividad en el complemento específico, cerrando el punto propuesto por CSIF.

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Adecuación de la Jornada laboral de 35 horas en Policia Municipal

En el inicio de la reunión, la Dirección presenta una nueva propuesta que recoge, entre otros aspectos, peticiones solicitadas por esta central sindical, y cuyas modificaciones relevantes señalamos a continuación:

Inclusión de los Auxiliares de Policía en la adecuación de dicha jornada.
Independencia del disfrute de los 2 días recogidos en el art.15.4º.L). respecto a la nueva jornada
Especificación de cuantías económicas en el cálculo de la misma.
Modificación del contador de días libres por la compensación a 35 horas, pasando los turnos de noche de 3 a 2 días, con lo que UGT discrepa.
Cómputo de las cantidades a percibir en base a la media de las retribuciones brutas de todos los componentes en cada categoría, optando siempre dentro de la misma por el que mayor retribución tenga al año, dividido entre 1505, que son el total de horas que realiza la Administración Pública, según Convenio General a 35 horas.
Tanto los jubilados como los alumnos de la promoción 50 cobrarán la parte proporcional de la compensación económica estimada.
Ejemplo

Categoría policía: Turnos diurnos> 3787 efectivos, cuyo salario es 35.609,96 euros; Turno nocturno> 941 efectivos cuyo salario es 39.631,04 euros. La media de ambas cifras es de 37.620,50 euros que, dividida entre 1505 horas anuales, sale a 24,99 euros/hora compensada. Dicha cifra, multiplicada por 80 que son las horas que nos abonan, arrojan una cantidad de 1999,2 euros brutos.
Auxiliares de Policía: Turnos diurnos> 83 y Turno nocturno>2 cuya media de salario bruto es de 29.640,45 euros, que dividido entre 1505 horas, sale a 19,69 euros/ hora. Dicha cifra, multiplicada por 80 que son las horas que nos abonan, arroja una cifra de 1575,2 euros brutos
Los subinspectores percibirán una cuantía por igual a de los titulados, con metodología similar al resto de categorías.
Por parte de las centrales sindicales firmantes, se realiza una serie de preguntas y consultas dirigidas al Director con el siguiente contenido:

Se solicita la revisión de los días que le corresponden al turno de noche, entendiéndose por la parte sindical que corresponderían 3 de compensación y no 2, debido al factor 1.3 corrector.
Se amplía la cobertura de la citada propuesta al colectivo de Auxiliares de Policía, reclamación que venía demandando este sindicato en sucesivos escritos para evitar la tradicional discriminación que sufrían los compañeros y compañeras pertenecientes al mismo por el antiguo equipo de gobierno.
Se solicita la habilitación de contador para los 2 días correspondientes al art.15.4º.L) en fracciones horarias
Se informa de la oposición de la anterior Corporación a que el turno de noche 2 (turno de refuerzo) pudiera acogerse a la parte de la venta de jornadas tipo 1 del actual Acuerdo de Policía, y se solicita que estos 37 compañeros puedan vender también las 20 horas de compensación, aparte de las 80.
UPM Y CCOO someterán esta nueva propuesta a consulta con su afiliación en un breve espacio de tiempo, tal y como establecen sus estatutos y ahora que la tienen por escrito, dando respuesta del resultado a esta Corporación.

UGT, habiendo consultado previamente con sus delegados sobre las posibles modificaciones, materializadas en el nuevo documento, da el visto bueno a dicha propuesta.

El sindicato CSIT-PLA solicita iniciar la semana que viene la negociación del año 2020 sobre la adecuación de la jornada de 35 horas y aprueba firmar la instrucción aplicable a 2019, puesto que sus afiliados, antes de conocer las modificaciones de la propuesta, ya habían votado a favor de la misma.

El sindicato CPPM suscribe lo manifestado por el sindicato CSIT-PLA y también comenta que sus afiliados han votado antes de la mesa sectorial a favor de la propuesta.

El Director y la Subdirección General pactan con la Secretaria General Técnica y la Directora General de Retribuciones, la tramitación de un expediente administrativo de carácter urgente con fecha día 15 de noviembre para su presentación en Intervención lo antes posible con el fin de que se proceda al pertinente cobro antes del mes de febrero.

Los correspondientes días de disfrute por la citada adecuación laboral tendrán vigencia hasta el 31 de marzo de 2020, gracias al acuerdo en Comise de UGT y el resto de los sindicatos integrantes de la misma

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OEP de promoción interna y la modificación del Plan de Empleo en SAMUR-P.C.

Tras recibir una nueva propuesta de OEP 2019, para turno de promoción interna, después de la abstención de UGT en la sesión anterior por la insuficiencia, observamos que se han incluido 5 plazas para promocionar desde TATS a Enfermería y 8 para acceder a TATS y reclutar más efectivos en otros estamentos del Ayuntamiento de Madrid.

En este sentido agradecemos el esfuerzo realizado desde la Administración que deja la opción de promoción si juntamos las plazas de 2017, la oferta de la oposición de promoción interna en los siguientes valores:

Enfermería: 12 plazas
TATS:            23 plazas

Y llegados a este punto le hemos pedido a la corporación que reevalúe el plan de empleo aprobado en diciembre de 2016 que prevé 5 equipos operativos para crear en 2019 aunque se vinculen a OEP posteriores, convirtiendo todas las plazas comprometidas en TATS, consiguiendo que recuperemos las plazas de los compañeros que han promocionado o promocionarán y completemos el gran agujero que existe en el colectivo el cual sufre de manera más acusada la edad y el déficit de unidades de SVB

En este sentido os informamos que hemos planteado a la Subdirección General la opción de trasvasar efectivos de 17 a 24, sobre todo hablando de técnicos para dejar los equipos operativos de 24 horas con una USVA y dos USVB, cuestión que supone un menor coste económico y garantiza que las noches no sean un calvario para las unidades básicas, además de permitir números de referencia holgados en este tipo de unidades

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Por enésima vez, los Agentes de Movilidad vuelven a ser rehenes de la dejación e intereses politicos

No deja de ser preocupante que la actual Corporación abomine, por puro sesgo político, de cualquier acuerdo del anterior equipo de gobierno, aunque ello implique la vulneración de otra normativa de rango superior y lleve al retroceso laboral y conculcación de derechos de los trabajadores afectados por los mismos.

Tampoco es posible eximir de responsabilidad al gobierno saliente, que dejó en el cajón del olvido, un acuerdo que, les guste o no a aquellos sindicatos que desde la comodidad y la falta de compromiso al respecto, aprovechan la ocasión para restar y no sumar en la defensa de las mejoras que el mismo suponía, tenía la legitimidad y las herramientas para suponer un salto cualitativo en el horizonte profesional de la plantilla.

Por enésima vez, el Cuerpo de Agentes de Movilidad es rehén de intereses políticos donde lo último que importa son sus componentes y los derechos y acuerdos vinculados a los mismos.

Sin perjuicio de aquellas medidas e iniciativas que se puedan adoptar por los compañeros al respecto, desde UGT no vamos a consentir que se consolide esta interpretación torticera, simplista y de una demostrada falta de interés negociador, ya que el argumento exhibido por la Corporación es un informe sucinto donde se dedican a repetir de manera incesante mil y unas “disconformidades” carentes de mayor descripción y alternativas.

Una vez más, vamos a tomar la iniciativa para desatascar esta situación y abordaremos en reunión con miembros del anterior equipo de gobierno la necesidad de que den la cara por la validez y vinculación del citado acuerdo y a través de los diferentes foros de representación política (comisiones, Pleno municipal) pidan explicaciones al nuevo Consistorio sobre las verdaderas razones de la marcha atrás en el citado Acuerdo y que insten a los responsables actuales a volver a la vía de negociación para resolver cualquier problema al respecto, como haremos por parte de UGT solicitando la apertura de Mesa Sectorial.

Todo ello, sin menoscabo de otras medidas que podamos acordar con los compañeros, afiliación del colectivo y todas aquellas centrales sindicales que pretendan sumar y no regodearse en el conflicto.

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Curso sindical equivalente a las 64 horas de adecuación y capacitación previstas en el Acuerdo Sectorial Policía Municipal

Os informamos que próximamente se va a realizar la acción formativa “Actualización de conocimientos en materia preventiva y de igualdad” (Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres), dirigida al colectivo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

El plazo de inscripción será del 4 al 8 de noviembre, pudiéndose realizar la misma a través del enlace abajo indicado. La convocatoria de selección será del 12 al 14 de noviembre.

INSCRIPCIÓN CLICK AQUÍ

La modalidad de las clases se realizará on-line, con una duración total de 65 horas, del 15 de noviembre al 5 de diciembre de 2019.
La acción formativa versará sobre las materias:

Prevención de Riesgos Laborales (Conceptos básicos, Riesgos ergonómicos, Primeros Auxilios, y Riesgos Psicosociales). 45 horas. Se realizará un primer envío por correo electrónico de la documentación teórica y un test de 30 preguntas.
Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (Conceptos básicos, planes y medidas de igualdad). 20 horas. Se realizará un segundo envío por correo electrónico de la documentación teórica y un test de 10 preguntas.
La fecha límite para enviar los ejercicios correspondientes a las dos materias mencionadas será antes del 5 de diciembre, y se hará al correo electrónico fesp.temarios@madrid.ugt.org . Una vez recepcionados estos, se expedirá al alumnado el correspondiente certificado de aprovechamiento.

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COMISE Acuerdo Sectorial Policía Municipal 29-10-2019

En el día de hoy se ha celebrado una COMISE en la que se han abordado los siguientes puntos:

1º Abono de productividades pendientes de pago 1º y 2º trimestre de 2019.

El día 14 de octubre se generó la clave para gestionar el pago. Un vez creada esta, se pasa a Informática y con posterioridad, serán las Unidades las que deberán modificar las claves por componente, con objeto de discriminar aquellas ausencias justificadas, conforme al actual convenio, de las restantes que supondrían una minoración de dicha productividad trimestral (en el día de ayer se remitió el documento a las unidades para que procedan con este trámite). Finalizado este último paso, se crea el expediente de pago. En relación con estas cuestiones, se decidió por parte de la Corporación, ampliar los permisos retribuidos a los mismos supuestos recogidos en el Convenio General.

2º Abono de jornadas ampliadas. Las jornadas de Tipo 1 y Tipo 1 noche se han remitido ya a Retribuciones para su devengo.

Las jornadas Tipo 2, 3 y 4: esta semana se va solicitar a las Unidades del cuerpo que aporten certificación de aquellas que ya hayan sido realizadas por los policías. En relación con las jornadas de Tipo 3, se acuerda que, siempre que haya voluntariedad por parte del policía afectado, estas se puedan realizar en día festivo.

3º Corrección de deficiencias y errores cometidos en la aplicación y compensación económica de la reclasificación al grupo C1.

Se nos informa que, a fecha de hoy, en la categoría de policía se han resuelto 80 expedientes, de los cuales se han integrado 39 a la categoría C1. En la categoría de Oficiales, se han resuelto 5, integrándose 4 de ellos a la categoría C1. Respecto a la reclasificación a C1 de las permutas, la Corporación empezará a contestar los expedientes a partir de la semana próxima, si bien, según palabras textuales de la Jefa del Departamento, su intención es la de “reclasificar todas”.

4º Abono de cantidades para el personal con titulación recogidas en el ap. 9.2 de Acuerdo de Policía Municipal.

Por parte de la Corporación, se nos indica que ya tienen la clave creada para el devengo de los 169€. Que están probando la misma a nivel informático y en breve estará lista, si bien y como ya se acordó en la anterior Comise, el pago de esta cantidad se realizará en la nómina de enero 2020. 5º Cambio del sistema de libranza según cuadrante. Retomando negociaciones anteriores incluso al actual acuerdo, se les solicita que estudien la viabilidad de modificar la libranza inter-semanal actual, de tal manera que esta se disfrute con posterioridad a haber trabajado el fin de semana. Sobre esta cuestión, se acuerda por parte de las centrales sindicales aportar un planning anual con el nuevo sistema, el cual se estudiará en futuras reuniones.

6º Prestación de servicio los días 24 y 31 de diciembre: cómputo horario.

Al objeto de determinar qué franja horaria de dichos días se abonará conforme a las cantidades económicas establecidas en el punto 12, se acuerda que se remunerarán aquellas comprendidas entre las 14 horas del día 24 o 31, hasta las 8h de los días 25 o 1 respectivamente.

7º Asistencia a juicios. Aclaración punto segundo.

Se acuerda reconocer el derecho a disfrutar del tiempo libre o su abono (5 o 6 horas según el caso), además de los supuestos tasados en dicho apartado, a todas aquellas ausencias autorizadas que comprendan todo el día (convenios, bajas, permisos paternidad/maternidad…).

8º Productividad por especial dedicación y disponibilidad: ausencias justificadas.

Teniendo en cuenta que al haberse dado de alta este complemento (140€ mes) con un carácter de productividad, en contra de la voluntad de las centrales sindicales firmantes, está produciendo que su cuantía se esté viendo mermada en los supuestos de baja por contingencias comunes. Por ello se insta a la Corporación a que dé las instrucciones al departamento correspondiente para que se abone íntegramente a todo el personal, pues su naturaleza es la de compensar la dedicación y disponibilidad que le viene ordenada a todo agente por los Principios Básicos de actuación recogidos en el art. 5.4 de la LOFCS 2/86. Y en el peor de los casos, que se cuantifique una cantidad que sea mínima a detraer de los 140€ en caso de baja por contingencia común.

9º Ruegos y preguntas Por parte de las centrales sindicales asistentes, se formulan las siguientes consideraciones:

Solicitar la constitución de una mesa técnica para evaluar el modo de concesión de días, la transparencia en la asignación de horas extraordinarias, así como información detallada respecto a la productividad de la Escala Técnica.
Solicitar la viabilidad del abono a los Auxiliares de Policía la cantidad de 520€ de productividad.
Solicitar la grabación de las sesiones de Comise y Mesa Sectorial para evitar malos entendidos. y la remisión de las actas de las mismas en un tiempo breve.
Informar a la Corporación de la viabilidad, términos y contenidos de los cursos así como métodos de realización de las 64 horas de formación y capacitación recogidas en el Acuerdo de Policía, siendo aceptados por los representantes de la misma y consensuándose su supervisión en Comise.
Recordar a los representantes de la Corporación que la adecuación de la jornada laboral a las 35h ya estaba presupuestado por el anterior gobierno municipal, exhibiéndose los documentos que lo acreditan, con objeto de que corrijan su discurso y sean fieles a la realidad en sus manifestaciones.
Solicitar la prórroga del disfrute de días hasta el 31 de marzo de 2020, estando la Corporación de acuerdo en ello
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UGT inicia la reclamación de la correcta aplicación de los acuerdos firmados en la actualización de las retribuciones en Policía Municipal

Revisados diversos pagos y conceptos, desde UGT confirmamos que los importes por gratificación de servicios extraordinarios no se han actualizado para Policía Municipal durante 2018 y hasta la aplicación del nuevo Acuerdo aprobado en febrero de 2019
Tras varios meses de analizar y contrastar datos por diversos medios, desde UGT confirmamos la falta de actualización que padece el concepto que retribuye los servicios extraordinarios del personal de Policía Municipal, cuyo importe sufrió -como el resto de ítems de la nómina- los efectos del decretazo de 2010, que supuso el 5% de recorte en todas las retribuciones, preámbulo del resto de atropellos que han sufrido ls empleadas y empleados públicos

Dicho ítem no se ha visto actualizado por la ejecución del Acuerdo firmado entre las principales centrales sindicales, con el Ministro de Hacienda Cristóbal Montoro en 2017 donde se fijaba un calendario y porcentajes para comenzar a recuperar el poder adquisitivo perdido.
La ejecución del citado Acuerdo vino reflejado en los Presupuestos Generales del Estado de 2018 aprobados en julio del mismo año, donde desde el 1 de enero se produjo un incremento salarial del 1,5% al cual se le sumó un 0,25% adicional desde julio de 2018, seguido del 2,25% -aplicado por decreto ley en diciembre de 2018- correspondiente al mes de enero de 2019, momento en el que entra en vigor el nuevo Acuerdo Sectorial de Policía Municipal

Sin embargo, tras una inspección exhaustiva de las nóminas, no hemos encontrado las actualizaciones retroactivas de los pagos de los servicios extraordinarios, necesarios para cubrir sobretodo los eventos en festivos y fines de semana, que al menos desde el momento en el que se aplica el nuevo Acuerdo firmado por UGT, CCOO y UPM, regulariza los recortes sufridos hasta el momento, situándonos en los valores anteriores al decretazo y minimizando el impacto acumulado.

Este proceso, en teoría sencillo pero revestido de gran complejidad que hemos iniciado, permite confirmar fehacientemente la no actualización de dichos importes y esperamos que llegue a buen puerto la reclamación administrativa presentada a tal efecto – y por tanto se vea reflejado en próximas nóminas –. Ello no impide que estemos preparados ante una posible negativa, momento en el que iniciaremos la reclamación a través de la presentación de un contencioso administrativo en defensa de todos los trabajadores y trabajadoras y que, llegado el caso, sean los tribunales los garantes de un derecho que nos asiste y se ponga punto y final a una situación que el Ayuntamiento de Madrid debería haber aplicado de oficio

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Valoración propuesta de la dirección del cuerpo sobre la adecuación de la jornada a 35h conseguidas en el convenio general del Ayuntamiento de Madrid

Analizada la propuesta de la Dirección General de Policía Municipal para la compensación/adecuación de la Jornada laboral de 35 horas, los sindicatos firmantes realizamos la valoración expuesta a continuación:

Según se desprende de la propuesta de la Dirección, se realiza la siguiente cuantificación:

13 días de compensación por el exceso de jornada de 35h a 37,5 h.
2 días adicionales en base al artículo 15, punto cuarto, letra L, del Acuerdo Convenio General, que suman un total de 15 días. (Entendemos que se quiere dar un reconocimiento al derecho que ese articulado supone, pero no aceptamos que esos dos días vayan vinculados en modo alguno a esa compensación, cuya esencia y finalidad nada tiene que ver con la misma)

Discrepamos de la interesada metodología de cálculo que se realiza para la misma puesto que, como bien dijo textualmente el Director de Policía, dicha mejora laboral se aprobó con los presupuestos de este año, dando su beneplácito Intervención. Por ello, no es de recibo que se aplique su descuento desde el cómputo anual de 1560 horas, traducidas en un total de 195 jornadas, en vez de las 184 jornadas anuales que se realizan en la actualidad, gracias a la aplicación del vigente Acuerdo de Policía Actual.

Por lo tanto, con la propuesta, el cómputo anual a realizar sería de 180 jornadas, descontando únicamente 4 jornadas anuales menos a trabajar, respecto a las 184 jornadas realizadas actualmente. Asimismo, los 3 días por flexibilidad pasan a ser incluidos en los citados 13 días, además de los 8 días del curso de formación y capacitación.

Resumen

Los días de disponibilidad en contadores pasarían a ser 26.
10 días de cobro obligado, reducidos de los días libres por convenio en turnos diurnos, y de cuya cuantía REAL volveremos a solicitar aclaración en la Mesa, ya que en un principio se informó de su abono a razón de 22.60 e/.h por 8 horas en base a 10 días, pero ahora resulta que se abonarán “calculando el importe bruto de las retribuciones correspondientes a cada efectivo y el número de horas correspondiente a cada turno “.
8 días de cobro obligado en el turno de la noche (Entendemos que los 2 días que se reflejan en la propuesta deben de ser una errata pero lo abordaremos en Mesa).
En el último párrafo se recoge la obligatoriedad para el año 2019 de realizar el curso de formación y capacitación, si bien no se especifica si se aplicará el mismo criterio para el 2020. Por parte de las centrales sindicales firmantes del acuerdo se facilitará en próximos días las indicaciones y métodos para realizar este curso, cuya valoración y criterios se llevaran a cabo por los citados sindicatos junto con los representantes de la Corporación en la Comise.
Desde los Sindicatos firmantes del Acuerdo de Policía, no vamos a consentir retrocesos en condiciones laborales ni modificaciones engañosas en el contenido del vigente Acuerdo Regulador del Régimen Especial del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid. Seguiremos informando. Leer más …

UGT inicia la reclamación de la correcta aplicación de los acuerdos firmados en la actualización de las retribuciones en SAMUR-P.C.

Revisados diversos pagos desde UGT, confirmamos que los importes por gratificación de servicios extraordinarios no se han actualizado para el personal de SAMUR-P.C.
Los importes correspondientes a la gratificación por servicios extraordinarios sufrieron una minorización del 5% en 2010.
Tras varios meses de analizar y confirmar datos por diversas fuentes, desde UGT confirmamos la falta de actualización del concepto que retribuyen los servicios extraordinarios del personal SAMUR-P.C., cuyo importe sufrió, como el resto de ítems de la nómina, el decretazo de 2010 que supuso el 5% de recorte en todas las retribuciones, preámbulo del resto de atropellos que hemos sufrido las empleadas y empleados públicos.

Dicho ítem no se ha visto afectado por la ejecución del Acuerdo firmado entre UGT y otras centrales sindicales, con el Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en 2017 donde se fijaba un calendario y pautas de porcentajes para comenzar a recuperar el poder adquisitivo perdido.

La aplicación del citado Acuerdo vino ejecutado en los Presupuestos Generales del Estado de 2018, aprobados en julio del mismo año, donde desde el 1 de enero se produjo un incremento salarial del 1,5% al cual se le sumó un 0,25% adicional desde julio de 2018, seguido del 2,25% aplicado por decreto ley en diciembre de 2018, más el 0,25% desde el mes de julio, comportando un 4,25% acumulado en la actualidad.

Sin embargo, tras una inspección exhaustiva de las nóminas, no hemos encontrado las actualizaciones retroactivas de los pagos de las guardias extraordinarias, bien realizadas para cubrir falta de efectivos y las situaciones donde los eventos han precisado servicios preventivos, o como abono de la implantación de la jornada laboral de 35 horas.

Este proceso, en teoría sencillo pero revestido de gran complejidad que hemos iniciado, permite confirmar fehacientemente la no actualización de dichos importes, y esperamos que llegue a buen puerto la reclamación administrativa presentada a tal efecto – y por tanto se vea reflejado en próximas nóminas – ,  no impide que estemos preparados ante una posible escenario negativo, momento en el que iniciaremos la reclamación  a través de la presentación de un contencioso administrativo en defensa de todos los trabajadores y trabajadoras,  y que, llegado el caso, sean los tribunales los garantes de un derecho que nos asiste y se ponga fin a una situación que el Ayuntamiento de Madrid debería haber aplicado de oficio

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Respuestas de la Coordinadora General de Presupuestos y Recursos Humanos en la Comisión de Hacienda sobre abonos pendientes en Policía y reclasificación de Auxiliares de Policía Municipal

Actualmente, se están tramitando 73 expedientes administrativos enviados por la DGPM en distintas líneas de productividad (guardias presenciales, no presenciales, dietas, productividad por asistencia, festivos, productividad por objetivos y jornada ampliada)
Dada la habitual complejidad de los expedientes administrativos, es un proceso farragoso y se demora su abono
En la nómina de octubre se abonarán productividades correspondientes a 10 expedientes: 5 de dietas, 3 de productividad variable y 2 de productividad por objetivos
Hay 38 expedientes en revisión por el Área y 28 están siendo supervisados
A dichos procesos, hay que añadir la entrega de 10 millones de euros por el abono de la jornada laboral de 35 horas, que, según manifiesta, «trataremos de llevar a cabo lo antes posible».
Sobre la reclasificación de los Auxiliares de Policía Municipal, la Coordinadora no da una respuesta positiva a la misma al entender que tanto por el TREBEP como por la Ley de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, que encuadra a los Auxiliares en el grupo E, no cumplen los requisitos exigidos por la Ley.
Y NO, A DÍA DE HOY NO HA SIDO REMITIDA LA PROPUESTA PORMENORIZADA DE LA ADECUACIÓN DE LA JORNADA LABORAL DE 35 HORAS POR PARTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL A LAS CENTRALES SINDICALES. Leer más …

Cuando se quiere convertir un derecho en una obligación

Desde UGT, uno de los principales sindicatos promotores y garantes del  proceso de jubilación anticipada de los Bomberos, cuando  vemos cómo  se utiliza un DERECHO para atacar a la libertad del trabajador y convertirlo en una OBLIGACIÓN, no podemos quedarnos callados.

El decreto 383/2008 de 14 de marzo, establece los motivos y criterios que justifican el DERECHO de los Bomberos a jubilarse anticipadamente, que se dota en la Ley 2/2008 de Presupuestos Generales del Estado, en su disposición adicional novena,  de las condiciones de cotización en cuyo apartado se recoge literalmente::

 “quienes alcancen la edad que aplicando los indicados beneficios abriría el acceso a la pensión de jubilación pero sin embargo permanezcan voluntariamente como activos…” señalando a continuación una serie de beneficios en las cotizaciones para las administraciones o empresas a las que estén adscritos.

Dichas reducciones son producto del incremento en la cotización contemplada en la disposición adicional primera del Decreto 383/2008, que permite el sostenimiento del sistema de pensiones y que son devueltas a las empresas si el/la bombero/a decide permanecer voluntariamente en el puesto de trabajo y es aquí donde debemos subrayar la diferencia semántica… entre dos palabras “DERECHO” y “OBLIGACIÓN”

Vamos a referirnos al significado de dichas palabras:

DERECHO, según el diccionario de la RAE: “Facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor, o que el dueño de una cosa nos permite en ella”

 OBLIGACIÓN, igualmente según la RAE:” Aquello que alguien está obligado a hacer. Imposición o exigencia moral que debe regir la voluntad libre.

¿Y si la jubilación anticipada es producto de la aplicación de los coeficientes reductores y sostenida por el incremento de la cotización, dotándose de eficacia como DERECHO, ¿por qué lo queremos convertir en una OBLIGACIÓN?

Solo cabe una razón: la protección de la salud del trabajador, pero no porque a alguien se le ocurra señalar con el dedo, sino por motivos objetivos defendidos por UGT e incluidos en el Acuerdo Sectorial de Bomberos, “Escala Operativa” en su artículo 8.1, donde se dice literalmente:

 “Las actividades deportivas enmarcadas dentro de esta figura estarán limitadas al entrenamiento que pudiera resultar necesario para el mantenimiento de la condición y capacidad física adecuada y exigible para el seguro y correcto desempeño de las actividades inherentes a la profesión de bombero/a, sin que en ningún caso puedan comprender actividades de riesgo o peligro.

Cada dos años como máximo, se realizará al personal que presta servicio en la modalidad de atención directa al siniestro o en apoyo técnico (excepto apoyo técnico por incapacidad física), los controles físicos necesarios para comprobar su aptitud física” siendo motivo de paso a Apoyo Técnico la no superación de los controles.

En el Preacuerdo firmado el pasado día 15, entre otros motivos, para sacar del atasco en el que el anterior equipo de gobierno municipal encalló a los integrantes de la Escala Técnica, se recoge exactamente en los mismos términos expresados anteriormente en su artículo 8.1.2; por tanto, se garantiza la correcta forma física y los mínimos funcionales para desempeñar el puesto de Bombero/a.

Dicho esto, os invitamos a la siguiente reflexión:

Si un DERECHO es una facultad que puedo ejercer de forma voluntaria.
Si nuestra salud está protegida por los reconocimientos médicos.
Si la seguridad de la intervención está respaldada por un control de las capacidades físicas (inexistente hasta ahora)…
¿¿¿Por qué quieren imponer una obligación y no nos dejan disfrutar con libertad de elección y criterio de los derechos que nos otorga la ley???

Importante significar a este respecto que se está elaborando un catálogo de tareas para adecuar y prevenir los posibles riesgos según la edad del trabajador/a de cara a implementar con mayor eficacia una reforzada protección de los/las Bomberos/as del Ayuntamiento de Madrid en la prestación del servicio, poniendo el foco en la salvaguarda de su integridad física.

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