LA JEFATURA DEL CUERPO DE BOMBEROS Y EL ABUSO DE LA ENCOMIENDA DE FUNCIONES

  • Estamos asistiendo al abuso de la Jefatura del Cuerpo de Bomberos de la “encomienda de funciones” para cubrir puestos de superior categoría
  • Usan esta figura, desarrollada para cubrir las posibles vacantes sobrevenidas de forma excepcional, convirtiéndola en la forma habitual de cobertura de la carencia de Jefes de Grupo y Sargentos.

Dicha figura, prevista en el Acuerdo Sectorial, tildada de provisional, se desarrolla en la Orden del Cuerpo nº 32 de 17 de junio de 2019, que marca la “Encomienda de Funciones” como el último recurso que se podrá utilizar para cubrir los puestos de mando correspondientes a “Sargentos o Jefes de Grupo“ en la guardia, dando categoría de habitual a algo excepcional como es el concepto de ÚLTIMO RECURSO.

Desde UGT nos hacemos eco de las quejas recibidas  y contrastadas sobre el uso de la “Encomienda de Funciones”, retorciendo en la práctica su interpretación  para cubrir los huecos existentes, pese a la disponibilidad de  efectivos en la bolsa de guardias de las categorías solicitadas.

En dos ocasiones, hemos solicitado a los responsables información sobre el uso excesivo de esta forma de cobertura de los mandos y solo recibimos silencio, ante lo cual nuestros delegados han acudido a hablar con los responsables de  la planificación y cuadrantes en busca de respuestas sobre esta interpretación retorcida del Acuerdo Sectorial y la O.C. nº 32,  donde el silencio se ha convertido en  una serie de despejes,  algunos amparados en la actual situación de emergencia sanitaria.

Nos parece lamentable y muy triste el ocultismo con el que se está abordando el tema, pero más rechazable nos parece el hecho de que detrás de todo, se encuentran exclusivamente motivos económicos.

Esperamos una rápida rectificación de los responsables del Cuerpo de Bomberos y que utilicen las herramientas del Acuerdo Convenio en el espíritu con que fueron concebidas, y exigimos nuestro derecho a la recepción de la información solicitada, que permitirá el control  del cumplimiento de lo pactado.

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