Contestación de la Dirección General de Prevención de Riesgos Laborales a las cuestiones formuladas por UGT sobre Bomberos

Hemos recibido comunicación de la Dirección General de Prevención de Riesgos Laborales en la que se detallan las respuestas pendientes a diversas solicitudes formuladas por UGT y que son de interés para la plantilla del Cuerpo de Bomberos, por lo que pasamos a la difusión de su contenido:

1. Solicitud de información sobre la previsión de renovación de los colchones

El contrato menor para el suministro de colchones de cama se ha retrasado más de lo debido porque se quedó desierto, ya que las especificaciones técnicas que se indicaron no se correspondían con ningún colchón existente en el mercado El 8 de julio se informa a la SGEA que el expediente se ha quedado desierto y se les consulta si podemos volver a enviar el Anexo I con las especificaciones técnicas cambiadas, después de unos “intercambios de opiniones” entre la SGEA y la Unidad de Presupuestos, finalmente se acuerda volver a enviar el Anexo I con las nuevas especificaciones técnicas. Finalmente se remite el nuevo Anexo a la SGEA el 15 de julio para la firma del Director General. Después de esta fecha no se han recibido más noticias.

2. Solicitud de información sobre la reposición de vestuario : Leer más …

Analísis de la reunión mantenida por el Grupo de Trabajo de Agentes de Movilidad sobre – Vacaciones y Comisión de Vestuario-

Analísis de la reunión mantenida por el Grupo de Trabajo de Agentes de Movilidad sobre – Vacaciones y Comisión de Vestuario- El pasado 3 de Mayo tuvo lugar la Mesa del Grupo de Trabajo, donde asistieron los representantes de las organizaciones sindicales y por parte del Ayto se contó con la presencia del Subdirector General y el jefe del Departamento, de cara a abordar en dicha reunión el tema de las vacaciones y la Comisión de Vestuario. Reseñamos por su relevancia la referencia que hizo el Subdirector Gral al Reglamento del Cuerpo de Agentes de Movilidad, y en concreto su alusión al siguiente artículo:
Art. 41. Vacación anual
1.La vacación anual se disfrutará de conformidad con lo previsto en los acuerdos o convenios sobre condiciones laborales aplicables al Cuerpo de Agentes de Movilidad.
2.Anualmente, el servicio correspondiente establecerá los períodos y porcentajes en queel personal puede disfrutar de los diferentes turnos de vacaciones, informando a las secciones sindicales que tengan capacidad negociadora.
La réplica de UGT a esta exposición fue puntualizar que el Reglamento de los Agentes es una copia del correspondiente a Policía Municipal a la vez que se recordó que está vigente por decreto y que el colectivo de Agentes de Movilidad no es un servicio esencial, lo cual fue admitido por el citado responsable municipal, manifestando que habría que modificarlo. Leer más …