UGT denuncia al Servicio de prevención municipal, las deficiencias de salud laboral detectadas en la UID de San Blas

Tras las números quejas recibidas al respecto, una delegada de Salud Laboral de UGT ha realizado una evaluación inicial de riesgos laborales en la U.I.D. de San Blas, sita en la C/Estocolmo, 91, detectándose múltiples deficiencias tanto en la infraestructura como en el mobiliario de la misma, cuya síntesis exponemos a continuación:

Puertas automáticas de acceso a las dependencias inutilizadas y diversos problemas de accesibilidad para personas con movilidad reducida
Carencia de aislamiento contra inclemencias atmosféricas en juntas exteriores del edificio
Apariciones de goteras en el techo durante el periodo de lluvia así como un extintor caducado
Defectos de cierre en varias puertas del edificio y puerta de emergencia del vestuario masculino rota.
Rejillas potencialmente peligrosas en la salida trasera de emergencias
Ausencia de aislamiento sonoro en habitáculo con diverso material de telecomunicaciones
Problema de confort térmico con dos aparatos de aire acondicionado durante el invierno
Rejillas de los sumideros de las duchas de los vestuarios en mal estado, que pueden provocar cortes
Numerosos problemas de insalubridad en duchas y respiraderos de baños femeninos
Entendiendo que tales deficiencias vulneran la normativa vigente sobre riesgos laborales, constituyendo un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores y trabajadoras, se ha procedido a solicitar al Servicio de Prevención Municipal, una inspección urgente para valorar todo lo aquí expuesto, así como proponer las medidas correctoras oportunas para dar solución a los problemas existentes. Permanecemos vigilantes sobre este asunto y su evolución, sin óbice de la adopción de otras medidas con el fin de denunciar y solventar las deficiencias adoptadas.

Descarga aquí nuestro INFORMA Leer más …

Reunión con la Ministra de trabajo y el Secretario de Estado de la Seg. Social, por problemas en la aplicación de la Jubilación Anticipada

En la reunión el pasado día 25 de junio con la Ministra de Trabajo y con el Secretario de Estado de Seguridad Social, junto con el Director General del gabinete de la ministra, la Directora General del INSS y la Subdirectora General de OAJ, hemos abordado, entre otros asuntos, el problema generado a algunos compañeros por la interpretación que hace el INSS, al considerar que los años de reducción no se computen como cotizados a los efectos de determinar la edad ordinaria de jubilación, lo cual conlleva un retraso efectivo en el acceso a la jubilación al tener que trabajar más meses hasta alcanzar la cotización expresamente exigida en la LGSS.

Por parte del Ministerio han sido totalmente receptivos a nuestro planteamiento, esto es, que los años de reducción deben computar también a los efectos de determinar la edad ordinaria de jubilación y no solo a los efectos de calcular la cuantía de la pensión, si bien nos han fundamentado que la interpretación jurídica aplicada por el INSS es común a todos los colectivos que tenemos coeficientes reductores por trabajos penosos o peligrosos, la cual se deriva de lo dispuesto en la Ley de Seguridad Social y en las propias normas que regulan a cada colectivo su acceso a la jubilación anticipada.

Nos trasladan que al objeto de llevar a efecto la interpretación pretendida por nuestra parte, se requiere una modificación de dicha Ley que abarque a todos los colectivos afectados, debiendo abordarse la misma en el ámbito y en los foros correspondientes del diálogo social una vez se haya constituido el nuevo Gobierno, al no poder realizarse iniciativas legislativas con un Gobierno en funciones.

También hemos instado información sobre la situación actual de los procesos de reconocimiento de coeficientes reductores a las policías autonómicas (Foral, Mossos y Canarias), sin que nos hayan dado respuesta concreta del avance de dichos procesos, reclamándoles y requiriéndoles por nuestra parte que se agilicen los trabajos para que, una vez constituido el Gobierno, pueda ser realidad y se acabe de una vez con una situación tan injusta y discriminatoria como la actual.

Comunicado de la Plataforma para el anticipo dela edad de jubilación Leer más …

LA VOLUNTARIEDAD FOMENTA EL DISFRUTE DE DERECHOS

En el último Acuerdo Sectorial de Bomberos se dio un gran paso al reconocer la actividad física tanto como un derecho, como una obligación, derecho que tiene una compensación económica y que hace necesario demostrar que se esta en condiciones optimas de para prestar servicio en el Cuerpo de Bomberos. Lo que invita a la Leer más …

Aplicación del incremento variable del 0.25% del salario al conjunto de las empleadas y empleados públicos comprometido en el II Acuerdo para la mejora del empleo firmado por UGT

El Acuerdo ha permitido a todo el personal de las Administraciones Públicas recuperar derechos y poder adquisitivo, un 1,7% con carácter general hasta el momento

La subida salarial del 0,25% se cobrará con efectos del 1 de julio, aunque previsiblemente no se incluya hasta la nómina de agosto

El Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha abordado hoy con los sindicatos de la Función Pública la aplicación del incremento variable correspondiente al ejercicio de 2019, consistente en una subida del 0,25 % adicional al incremento que, con carácter fijo, se comenzó a aplicar el pasado 1 de enero, por lo que el incremento total alcanza, de momento, el 2,5%. El importe general de este incremento adicional supone, aproximadamente, 280 millones de euros, con un impacto muy diverso en la nómina de cada empleado público.
Según los datos publicados por el INE, en el mes de mayo el IPC fue del 0,8%, la recuperación de poder adquisitivo para el conjunto de los empleados públicos es, hasta el momento del 1,7%, sin incluir la posible percepción de fondos adicionales para algunos colectivos. Esta recuperación era impensable hace tan solo año y medio, cuando los empleados públicos sufrieron congelación salarial, recortes y, en el mejor de los casos una subida del 1%.

Esta subida es consecuencia de la aplicación del II Acuerdo para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo, que contemplaba un incremento retributivo fijo y un variable vinculado a un crecimiento del PIB igual o superior al 2,5%. El pasado mes de marzo, el Instituto Nacional de Estadística confirmó que la economía española había crecido un 2,6% durante el año pasado, por lo que el Gobierno debía contemplar la previsión hecha en el acuerdo.

El Gobierno ha comunicado que, previsiblemente, este incremento del 0,25% adicional se incluya en la nómina de agosto, aunque con efectos del 1 de julio, con los atrasos correspondientes, para el conjunto de empleados públicos: funcionarios, estatutarios, docentes, laborales, de carrera, fijos, indefinidos, etc., y se aplicará sobre el conjunto de las retribuciones percibidas.

FeSP-UGT recuerda que la medida es de obligado cumplimiento. Todas las Administraciones públicas (Estado, CCAA, Entidades locales) están obligadas a abonar esta subida, al estar sujeta, en exclusiva, a un criterio macroeconómico de carácter estatal, como es el cumplimiento del PIB.

Aquí puedes descargar nuestro INFORMA Leer más …

Compensación del fin de semana adicional realizado en el mes de enero

Tras la falta de concreción existente en esta materia y de cara a evitar la posible interpretación unilateral al respecto por mandos con diferentes criterios, desde esta Sección Sindical nos hemos puesto en contacto con la Dirección General de Relaciones Laborales para aclarar y concretar la citada compensación, que se ha materializado en el envío a las Unidades de una Instrucción con el siguiente contenido:
Aquellos componentes que realizaron el fin de semana adicional en el mes de enero de 2019, tendrán derecho a la libranza de un fin de semana completo o en días sueltos a su elección, de los que les corresponda realizar en 2019 según su cuadrante, con el fin de compensar el fin de semana realizado.
A tal efecto, el fin de semana que disfrutarán libre, será completo o en días separados en fin de semana, indistintamente de si son sábados o domingos a su elección, salvo que por causas justificadas sea imposible su concesión, facilitándose al trabajador/a la elección de otra fecha viable.
Dicha libranza queda regulada y sometida a control a través de la creación de diversos códigos de servicio y el contador 70, que sólo aparecerá a los componentes que realizaron las jornadas y estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2019, no pudiendo prorrogase su disfrute más allá de esa fecha.
Aquí puedes descargar nuestro INFORMA Leer más …

Subsanación de errores en el proceso de reclasificación por aplicación de la Ley de Coordinación de Policías locales.

En la intranet AYRE, dentro del Área personal de aquellos componentes de la plantilla que tuvieran derecho a la reclasificación de cambio de grupo o subgrupo por posesión de la titulación requerida (Subinspector/a, Oficial y Policía) conforme a la entrada en vigor de la Ley 1/2018 de 22 febrero de 2018, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, se ha procedido a la actualización de los datos pertinentes a tal efecto.

Dicha situación puede ser comprobada por cada componente a través de los siguientes pasos:

AYRE – Mi Área Personal – Mi situación laboral – Nómina e información profesional – Datos profesionales – Puesto de trabajo

Aquellos componentes que entiendan que no se ha realizado el proceso de manera correcta y no figuren sus datos actualizados, deberán tramitar a través de su Unidad la petición de modificación de su situación, aportando la documentación pertinente y dirigiéndose por conducto reglamentario a la Subdirección General de Recursos Humanos.

RECOMENDAMOS ADJUNTAR “PANTALLAZO” O CAPTURA DE IMAGEN DEL APARTADO “PUESTO DE TRABAJO” QUE FIGURA EN AYRE ASÍ COMO DOCUMENTACIÓN COMPULSADA DE LA TITULACIÓN ACREDITATIVA.

** (El plazo para solicitar dicha subsanación es de 15 días a partir del día siguiente a la fecha de la instrucción, es decir, a partir del 4 de junio) Leer más …