Mesa Sectorial 15-1-2019 aplicación de las 35 horas en SAMUR-P.C.

La Administración propone aplicar el nuevo horario partiendo de la jornada establecida en nuestro anterior acuerdo haciendo descuentos sobre la misma, CCOO y UGT, se niegan en rotundo y establecen que la postura es aplicar la jornada partiendo de la establecida en el nuevo Acuerdo General para todos las empleadas y empleados públicos, es decir, Leer más …

FeSP-UGT solicita que se inicie el procedemiento para hacer posible la jubilación anticipada de los trabajadores de transporte sanitario

FeSP-UGT ha solicitado este miércoles en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social que se inicie el procedimiento de establecimiento de coeficientes reductores para rebajar la edad de jubilación para los empleados y empleadas públicos y privados que se dedican al transporte de enfermos y accidentados en ambulancia. Las funciones y competencias de este colectivo consiste en trasladar al paciente al centro sanitario, prestar atención básica sanitaria y psicológica en el entorno pre-hospitalario, llevar a cabo actividades de tele operación y tele asistencia sanitaria, y colaborar en la organización y desarrollo de los planes de emergencia, de los dispositivos de riesgo previsibles y de la logística sanitaria ante una emergencia individual, colectiva o catástrofe.
FsSP-UGT considera que la actividad profesional desarrollada por los integrantes de este colectivo requiere una elevada demanda física y psíquica para su desarrollo, generando un desequilibrio obvio en las capacidades de los mismos a medida que envejecen, exponiéndoles a estos a una variedad de riesgos específicos para su seguridad y salud. El trabajo asistencial que desempeñan estos profesionales se desarrolla en condiciones de evidente riesgo, difíciles, los trabajos son penosos y por consiguiente, requieren unas aptitudes psicofísicas adecuadas para su desempeño, incompatibles con los principales efectos del proceso natural de envejecimiento. Aspectos como la pérdida de fuerza, la disminución de la flexibilidad, la alteración del equilibrio, la disminución de la capacidad aeróbica, la modificación de la composición corporal o las alteraciones a nivel visual y auditivo, inciden negativamente en el índice de siniestralidad y mortalidad.

Asimismo, el trabajo de emergencias sanitarias requiere de una alta y continua especialización, además dichos trabajadores se ven expuestos a una variedad de riesgos específicos para su salud, no sólo generados por la propia emergencia, sino derivados también del medio en el que se trabaja (en todos los terrenos posibles) los equipos y vehículos utilizados o la organización del trabajo, como:

Accidentes de circulación en servicio debido al factor de tiempo, sobrecarga de trabajo y malas condiciones meteorológicas; exposición a la violencia y/o agresiones de los pacientes o otras personas; Exposición al estrés laboral porque el trabajo se desarrolla en ambientes peligrosos e incontrolados; Exposición a productos químicos; Exposición a agentes biológicos y contagio por diferentes virus patógenos…

Motivos que justifican en inicio del procedimiento para la aplicación de los coeficientes reductores que rebajen la edad de jubilación del colectivo Leer más …

Aplicación del nuevo Acuerdo Convenio y la recuperación de las 35 horas en Bomberos

Como sabéis el pasado día 27 de diciembre se aprobó en Junta de Gobierno el Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022.

Además, por circular del Gerente de la Ciudad de 28 de diciembre (publicada en Ayre) se determinó que “los efectos de este se extienden desde el 1 de enero de 2019”. En esta misma Circular se explica que el art. 11 del convenio mencionado establece una jornada de 1505 horas anuales de trabajo a razón de 35 horas semanales como jornada para todo el personal municipal.
Como aspecto importante de la misma es necesario mencionar que hace referencia al establecimiento de esta jornada conforme a lo recogido en el Capitulo V del nuevo Acuerdo Convenio. Esto significa que traslada la adaptación de la nueva jornada en los servicios con jornadas y horarios especiales a la negociación correspondiente de segundo o tercer nivel, es decir en Mesa de Funcionarios o Mesa Sectorial.

Debemos adelantaros que desde UGT en Bomberos ya se están realizando los primeros contactos para que esta adaptación se realice lo antes posible en nuestro Servicio.

Aunque los primeros contactos no han sido muy alentadores, también se ha reconocido que es un derecho que asiste a toda la plantilla del Ayuntamiento de Madrid.

Desde UGT tras revisar el Acuerdo General y el Acuerdo Sectorial, entendemos que su aplicación se puede y se debe hacer sin problemas descontando hasta 5 guardias adoptando un computo de 1405 horas operativas tras la aplicación de los permisos y coeficiente reductor, que se deberán dividir en guardias según la cadencia resultando un total 53 guardias + 1 de formación.

Pero además cabe recordar que el último Acuerdo Sectorial de Bomberos, lleva implícitas medidas para poder suplir la falta de efectivos que sufrimos desde hace años.

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Con 2019 comienza la aplicación del nuevo Acuerdo Convenio y la recuperación de las 35 horas

En el BOAM de 2 de enero ha sido publicado el Acuerdo-Convenio sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022, dicho documento fruto de una larga senda de negociación que se vio culminada el 23 de noviembre de 2018, con la firma de UGT como segunda organización sindical en el Ayto. de Madrid, fue refrendada por la Junta de Gobierno el pasado 27 de diciembre de 2018, es de aplicación desde el 1 de enero de 2019.

Ya hemos dicho en informaciones anteriores que hemos conseguido recuperar derechos hurtados, quedaba en el documento una incógnita sobre la aplicación de la jornada de 1505 horas, cuestión que quedo resuelta el pasado 28 de diciembre con la publicación de la Circular informativa a la jornada de trabajo del Acuerdo Convenio, aprobado el día anterior por la Junta de Gobierno de la Ciudad, donde confirman que se cumplen las condiciones pactadas en la Disposición Transitoria Quinta del mismo documento, por lo que se establece desde el 1 de enero de 2019 la jornada ordinaria de treinta y cinco horas de promedio semanal.

Una buena forma de comenzar 2019.

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