Mesa Sectorial 15-1-2019 aplicación de las 35 horas en SAMUR-P.C.

La Administración propone aplicar el nuevo horario partiendo de la jornada establecida en nuestro anterior acuerdo haciendo descuentos sobre la misma, CCOO y UGT, se niegan en rotundo y establecen que la postura es aplicar la jornada partiendo de la establecida en el nuevo Acuerdo General para todos las empleadas y empleados públicos, es decir, desde un cómputo total de 1.505 horas, como el resto de la plantilla del Ayto. de Madrid.

Las deducciones correspondientes a realizar, son 14 horas del art. 11.1 del nuevo convenio, la Administración mantiene que esa deducción es fruto de una exceso creado por la calendarización, (cuestión que confirmaremos con los negociadores del convenio general) 14 horas del art. 15 l) del nuevo convenio y la deducción de 56 horas por la jornada de San Isidro y Verano (1 día de San Isidro y 7 días de verano, computados a 7 horas ), suponiendo 56 horas, que hace un total de 1.421 horas de jornada, sobre la que habrá que descontar la formación obligatoria, y aplicar el nuevo tramo horario nocturno establecido de 22:00 a 07:00

Tras estas deducciones la jornada en SAMUR se establecería en un total de 1389 horas de jornada efectiva operativa, descontadas las 32 horas de Formación obligatoria.

La Administración no está de acuerdo con el cálculo y también plantea la posible inaplicación del coeficiente de nocturnidad desde las 22,00 horas. Ante este planteamiento UGT y CCOO fijan postura y manifiestan que no están dispuestas a aceptar una aplicación del coeficiente en tramo distinto, así como que nos mantenemos firmes respecto al cómputo de jornada que debe ser 1.505 horas, jornada básica establecida para todo el Ayuntamiento de Madrid, huyendo de los cálculos farragosos que proponen.

Se determina el intercambio de propuestas claras con anterioridad a la próxima Mesa Sectorial que, posiblemente, se celebrará el próximo lunes.

Estas centrales sindicales no han procedido a plantear horarios de los diferentes turnos hasta que se fije la jornada básica sobre la que se realizaran los cálculos, así como las correspondientes deducciones.

Por otra parte, se enviará propuesta en la que también se incluyan todas aquellas aplicaciones, que sean necesarias, en cuanto a otro tipo de permisos y derechos recogidos en el Acuerdo General.

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