Acuerdo Gobierno – Sindicatos (2018 – 2020) en la Administración Local, y su repercusión en el Ayuntamiento de Madrid

  • El viernes 9 de marzo de 2018 se firmó entre el Gobierno y los Sindicatos un importante Acuerdo que busca generar empleo de calidad, restituir derechos, incrementar salarios y recuperar el poder adquisitivo.
  • Este Acuerdo, del que UGT ha sido uno de los actores principales, afecta a todos los funcionarios independientemente de la Administración en la que presten servicio.
  • Os hacemos un resumen sobre el ámbito de la Administración Local, enfocando su aplicación en el Ayuntamiento de Madrid.

La recuperación de la Negociación Colectiva en el seno de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, después de las duras medidas unilaterales impuestas por el Gobierno a los empleados públicos, debe constituir un palanca de freno al acoso constante sobre los Acuerdos adoptados en las Mesas de Negociación del Ayuntamiento de Madrid. En este sentido, esperamos constatar, al igual que en la Administración General del Estado, que la firma del Acuerdo suponga una política de rectificación del Gobierno, que ponga punto y final a la campaña de acciones judiciales iniciadas contra los acuerdos adoptados en el Ayuntamiento de Madrid.

La  agenda de la FeSP-UGT se ve reflejada con la firma del citado Acuerdo, donde nuestras prioridades han sido la generación de empleo público, restitución y mejora de los derechos socioprofesionales, y garantizar incrementos salariales dignos y progresivos.

Resulta posible la creación de empleo público neto (algo que no sucedía desde 2010) y se detiene la destrucción de empleo público.

Las Administración Locales, como el Ayuntamiento de Madrid, que SÍ hayan cumplido el objetivo de déficit, regla de gasto y deuda pública, tendrán una tasa de reposición del 100% en sectores prioritarios y no prioritarios, evitando la disminución de plantillas. Adicionalmente (si tienen amortizada su deuda), podrán aprobar una tasa del 10%, sobre la tasa general que le corresponda, en aquellos sectores que consideren.

Tasa de reposición específica para la Policía Local:

Se fija una tasa del 115% para la policía autonómica y local, lo que supone la generación de empleo público neto en dichos colectivos. Esta medida facilita la aprobación y entrada en vigor del RD sobre la jubilación anticipada de la Policía Local.

La Jornada de 35 horas en el punto de mira de la Negociación:

El documento recoge que en materia de Jornada y mediante la Negociación Colectiva en cada ámbito concreto, se posibilita el acuerdo de calendarios laborales que maticen y flexibilicen las 37 horas y media, permitiendo fijar en los calendarios laborales otras jornadas ordinarias, siempre que se cumpla la estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto.

Además, se abre la posibilidad para que, mediante la negociación, los empleados públicos puedan acumular un 5% de su jornada anual (con carácter recuperable) para tareas de conciliación destinada al cuidado de familiares. También el posible establecimiento de una jornada continua especial cuando se tiene a cargo menores y discapacitados.

La Incapacidad Temporal (IT), aunque no se produce una vuelta automática a la situación anterior al RDL 20/2012, sí se abre dicha posibilidad mediante la negociación colectiva, pues:

  • Se acuerda la posibilidad de negociar en cada Administración un complemento retributivo sobre la prestación de la Seguridad Social en materia de IT, hasta alcanzar el 100% de las retribuciones que se perciben habitualmente, siempre que se justifique la ausencia mediante el correspondiente parte de baja.
  • Dicha posibilidad (100% retribuciones), también puede desarrollarse mediante el establecimiento de catálogos de contingencias (“establecer distintos escenarios retributivos en función de la contingencia”).

Se logran incrementos salariales con una triple finalidad: Impiden nueva pérdida de poder adquisitivo, recuperan poder adquisitivo y garantizan una estabilidad salarial en los tres próximos años. El Acuerdo, en esta materia, supone un gran avance sobre las políticas retributivas practicadas estos últimos años (congelaciones y subidas del 1% en 2016 y 2017), al asegurar una subida fija del 6´1% en 3 años, con la posibilidad (muy factible si la economía continua en los actuales parámetros), de alcanzar el 8´79% en 2020.

Unos datos que, insistimos, suponen un incremento salarial por encima de las subidas unilaterales del Gobierno de los dos últimos años, y que pueden significar una compensación parcial del poder adquisitivo perdido.

tabla acuerdo 2018 2020

Aquí puedes descargar nuestro INFORMA

Aquí puedes descargar el II ACUERDO PARA LA MEJORA DEL EMPLEO PÚBLICO 

 

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