UGT DICE NO A LAS BASES DE PROMOCIÓN INTERNA INDEPENDIENTE

UGT ha sido el único sindicato en Mesa General que ha votado contra las Bases de Promoción Interna Independiente aprobadas por la Corporación y el resto de las organizaciones sindicales.
Se han aprobado y publicado las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la Promoción Interna Independiente del personal funcionario.

Unas bases muy esperadas desde que se firmó el “Acuerdo de estrategia de transformación de la gestión de recursos humanos, 2020-2023” en el que uno de sus pilares fundamentales era el impulso de la promoción interna dentro de este Ayuntamiento.

En dicho Acuerdo se afirmaba que se iban a potenciar las vías de ascenso a través de procesos de promoción interna, incrementando la motivación de los empleados/as. La aprobación de estas Bases Generales hubiera sido un buen momento para plasmar la realidad de esa teoría, mejorando sustancialmente las que había hasta este momento, pero, en lugar de eso, se han aprobado unas Bases con condiciones que empeoran la situación de partida.

UGT ha votado NO a esas bases porque no se permite la participación Interescalas de Administración General a Administración Especial o viceversa salvo para alguna categoría en que así se establezca en sus bases específicas. Con este tipo de redacción no se va a dar este caso nunca porque en las bases específicas la Administración arguye siempre que no lo contempla para esa categoría. Desde UGT pedimos de forma general la participación siempre Interescalas porque existen muchas categorías sobre todo en AE que tienen cortada su promoción y si existen casos excepcionales, que estos sean contemplados en las Bases Específicas.

UGT ha votado NO a esas bases porque la experiencia profesional en otras Administraciones Públicas se valore igual que la del propio Ayuntamiento

UGT ha votado NO a esas bases porque se han incluido, en las pruebas tipo test, unas preguntas adicionales para que puntúen en caso de que algunas de las preguntas originales sean impugnadas y eliminadas del examen. Desde UGT entendemos que esto puede dar lugar a suspicacias y que se anulen preguntas que realmente no están mal para sustituirlas por las de reserva.

UGT ha votado NO a esas bases porque se incluye en el Grupo C (subgrupos C1 y C2) la posibilidad de una prueba teórico-práctica. Lo cual significa que consta como un solo ejercicio, cuando la realidad es que se han fundido dos en uno. UGT entiende el perjuicio que esto supone para el opositor por tres motivos:

No es igual estudiar para un examen teórico que práctico por lo que significa un doble esfuerzo de cara a la prueba.
Se necesita aprobar por separado cada una de las partes, por lo que creemos que estamos hablando de dos exámenes en uno
No puede guardarse la nota de examen para la siguiente convocatoria de una de las dos partes
UGT ha votado NO a esas bases porque en la fase de concurso, los cursos impartidos y finalizados 15 años antes de la convocatoria no se valorarán. Entendemos que esta medida va en detrimento del personal que más tiempo lleva trabajando en el Ayuntamiento y sus organismos autónomos, al cual no se le valorará el total de cursos realizados.

UGT ha votado NO a esas bases porque se valoran con 1 punto los certificados de profesionalidad cuando no se valoran las titulaciones académicas. UGT entiende que no deben valorarse ni unas ni otras

UGT ha votado NO a esas bases porque el órgano de selección sigue quedando facultado para determinar el nivel mínimo exigido para superar las pruebas. Desde UGT solicitamos en todo momento que el nivel mínimo exigido sea siempre la mitad de la puntuación total del examen, sin que exista posibilidad de aumentar o disminuir el mismo.

UGT ha votado NO a esas bases porque en los cuestionarios tipo test se mantiene la penalización en las respuestas erróneas.

Desde UGT consideramos que la promoción interna del personal debería ser una prioridad para el Ayuntamiento, que se debería poner en valor la preparación que la plantilla municipal demuestra a diario y, sobre todo, que se debería motivar al personal a mejorar sus condiciones laborales, no poner trabas mediante unas bases que no solo no mejoran en nada las anteriores, sino que en muchos supuestos las empeoran

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El Ayuntamiento trata de forma desigual a su trabajadores dando de lado el derecho a conciliar

El pasado día 30 de septiembre tuvo lugar una reunión de COMISE en la que se trataron, como puntos del Orden del Día los siguientes:

1. Interpretación y aplicación del permiso correspondiente al Artículo 15, apartado cuarto letra j) “por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal, entendido como aquella obligación que incumbe a una persona cuyo incumplimiento generaría una responsabilidad de índole civil, penal o administrativa.”. “Se considerará deber de carácter público o personal, sin perjuicio de tal calificación a otros supuestos que en derecho procedan: la necesidad de que los progenitores procuren cuidados domiciliarios por prescripción médica a sus hijos/as menores de edad. Son requisitos para acogerse a este permiso en este supuesto los siguientes…”. Propuesta: aplicar este permiso en los casos que el menor tenga que estar confinado o guardar cuarentena en su domicilio.2. Ruegos y preguntas

Tal y como se ha publicado en Ayre (preguntas más frecuentes procesos de reincorporación a los puestos de trabajo, pregunta nº 22), la Corporación entiende que la mejor manera de conciliarlos intereses aparentemente contrapuestos de la permanencia en el domicilio en situaciones de aislamiento del menor y la atención que ello requiere por parte de sus progenitores, de una parte, y la prestación y retribución del servicio que constituya la dedicación del empleado por otra, pasa necesariamente:

En primer lugar, por desarrollar el puesto de trabajo en la modalidad de teletrabajo en todos los supuestos en que ello sea posible, eximiendo al empleado del desempeño presencial durante el período de tiempo que dure la cuarentena del menor.

En segundo lugar, por consumir, por parte del personal que debe afrontar en solitario la atención del menor aislado, todas las modalidades de descanso retribuido con que cuente, vacaciones y días de asuntos particulares; y de flexibilización de jornada o desplazamiento de libranzas o anticipación de descansos a compensar en el futuro, bolsa de horas a recuperar (ampliándose el plazo para recuperar las horas disfrutadas hasta el 31 de marzo de 2021) y tramos flexibles de la jornada.

Únicamente agotados todos ellos y con carácter estrictamente puntual y durante el tiempo mínimo indispensable, y acreditando todas las circunstancias que la justifiquen, solicitar la licencia retribuida por cumplimiento de un deber inexcusable de carácter personal al amparo de lo
establecido en el artículo 48 j) del TREBEP.

Desde UGT entendemos, y así lo expresamos en la mencionada COMISE, que se comete un agravio comparativo entre el personal que puede teletrabajar y aquel que no puede hacerlo por tratarse de puestos o categorías no susceptibles de teletrabajo.

A la plantilla que teletrabaja se les dan unas supuestas facilidades, ya que todos sabemos que si tienen que cuidar de un menor, este cuidado es incompatible con el teletrabajo en la gran mayoría de los casos, porque bien hacen una cosa o la otra, pero nunca las dos al mismo tiempo. Esto deriva del gran problema que supone confundir el teletrabajo con la conciliación de la vida personal y familiar que tantas veces hemos apuntado. En UGT tenemos claro que son conceptos completamente distintos, y por eso luchamos para que no se confundan.

Y, al personal que no puede teletrabajar se le obliga a agotar todas las medidas de descanso retribuido e incluso a hacer uso de la bolsa de horas a recuperar. Realmente, se trata de un verdadero atropello al que estamos sometiendo a todos los profesionales de servicios esenciales, policía, emergencias, movilidad, oficios en su práctica totalidad, Madrid Salud, deportes, …. Leer más …

UGT y CCOO FIRMAN EL NUEVO ACUERDO DE CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL LABORAL

Los Sindicatos UGT y CCOO, hemos firmado el nuevo Acuerdo de Clasificación Profesional del Personal Laboral del Ayuntamiento de Madrid. El Acuerdo recoge esencialmente el contenido del firmado en 2017, pero se sustenta económicamente en los fondos adicionales contemplados en el II Acuerdo para la mejora de empleo público y las condiciones de trabajo firmado Leer más …

UGT y CCOO exigen al Ayuntamiento de Madrid medidas más contundentes para proteger a la plantilla municipal ante el avance de la pandemia en Madrid

Como consecuencia de la grave situación creada por el descontrol de la pandemia del COVID19 en la Comunidad de Madrid y en nuestra ciudad, el pasado lunes CCOO y UGT remitimos una carta a la Delegada del Área de Hacienda y Personal y a la Coordinadora General de Presupuestos y RRHH, donde le exponíamos la necesidad de limitar a lo imprescindible y por turnos la presencia en los centros de trabajo, priorizando el teletrabajo.

El pasado viernes 25 de septiembre se celebró una reunión de CCOO, UGT y el resto de sindicatos de la Mesa General, con la Coordinadora General de Personal y Recursos Humanos y el Director General de Función Pública, para analizar la situación de la pandemia y el proceso iniciado de incorporación presencial a los centros de trabajo de la plantilla de los servicios no esenciales.

La Coordinadora General nos informó de la celebración de una reunión con las SGTs de las Áreas, algún Coordinador de Distritos y el Gerente de IAM, donde se trató sobre esta cuestión y en la que les expusieron los siguientes criterios de actuación:

Flexibilizar al máximo la incorporación presencial, combinándola con el teletrabajo, que deben facilitarlo al máximo con el objetivo de minimizar riesgos.
Priorizar el teletrabajo para el personal con especial sensibilidad al COVID-19.
IAM va a comprar 4000 portátiles más y telefonía móvil, para estar preparados para cualquier contingencia.
La Coordinadora General se ha comprometido con los Sindicatos a dirigirse a todos los Coordinadores de Distrito para aclarar estos criterios y que actúen de forma homogénea.
Para CCOO y UGT esto es claramente insuficiente. El Gobierno del Ayuntamiento de Madrid no puede mirar a otro lado ante la situación alarmante de la pandemia en Madrid y debe tomar nuevas medidas que aumente la protección de la plantilla municipal y por extensión, de la ciudadanía de Madrid. La salud de la plantilla Municipal y de la ciudadanía de Madrid no pueden quedar supeditadas a la sintonía política del Alcalde y la Vicealcaldesa con el Gobierno de la Comunidad de Madrid. El trágico aumento de los casos positivos de COVID19 y de los fallecimientos, evidencia la necesidad de tomar nuevas medidas de protección más contundentes. Por todo ello exigimos a la Delegada del Área de Hacienda que de forma urgente y clara tome las siguientes medidas:

Suspender el proceso de incorporación presencial generalizada en los servicios.
Priorizar el teletrabajo en todos los puestos que lo han venido realizando durante los meses que llevamos de pandemia
Priorizar el teletrabajo al personal especialmente sensible al COVID-19
Priorizar el teletrabajo el personal que viva o trabaje en zonas con restricciones.
Recuperar la presencia imprescindible y por turnos de aquellos puestos que no puedan evitar ser presenciales.
Generar/recuperar turnos estancos en los servicios esenciales presenciales, que eviten la mezcla de efectivos durante la prestación del servicio y/o coincidencia de personal en los relevos
Incrementar las medidas de protección a los colectivos de servicios esenciales y presenciales, comenzando por volver a realizarles pruebas serológicas o PCR.
Así mismo solicitamos información sobre la colaboración de personal sanitario del Ayto. de Madrid pedida desde la Comunidad de Madrid para la realización de las pruebas de detección del COVID19 Leer más …

Información sobre situación COVID-19

Ante la preocupante situación del aumento de casos positivos del COVID-19 que está sufriendo la Comunidad de Madrid desde hace ya algunas semanas, y en previsión de que esta situación se puede trasladar a los trabajadores de Ayuntamiento y, en especial, a los servicios donde hay una atención directa a los ciudadanos por el riesgo al Leer más …

LA JUSTICIA REPRUEBA LAS ESTÉRILES EXCUSAS QUE ESGRIME ASEPEYO PARA ELUDIR SU RESPONSABILIDAD EN LA CALIFICACIÓN DE ACCIDENTE LABORAL

La historia en cuestión se remonta a enero de 2018, cuando un funcionario municipal afiliado a UGT sufrió un síncope con pérdida de conocimiento que le provocó un traumatismo cráneo- encefálico, mientras que se encontraba sentado en su puesto de trabajo de coordinación.

Este funcionario fue auxiliado por sus compañeros y trasladado a un hospital de la capital, para examen de las lesiones derivadas del golpe y en su declaración expone a los doctores que le atendieron, que el accidente se produjo en el contexto de una llamada telefónica, dentro del desarrollo habitual de su actividad, hecho que le provoca una carcajada y desencadena un ataque de tos, causando un “sincope tusígeno”, con las consecuencias anteriormente comentadas.

A los pocos días, este trabajador municipal se recuperó y tras el alta hospitalaria, acudió al centro asistencial de ASEPEYO, que nada más leer el informe de alta, siguiendo su pauta habitual catalogó el accidente como “contingencia común por enfermedad degenerativa”, ante la sorpresa del compañero y su médico de familia.

Esta situación absurda, pero bastante habitual en las calificaciones de la Mutua que tiene contratada el Ayuntamiento de Madrid, provocó el inicio de los trámites de reclamación de contingencia, asesorado por nuestros delegados de prevención. Dicho proceso terminó en los tribunales, donde acudió con un abogado del gabinete jurídico de UGT, derecho que, como afiliado de la Sección Sindical de Policía Emergencias y Movilidad, le asiste.
ASEPEYO, conocido por la fertilidad en la búsqueda de excusas, alegó que “No estaría trabajando, por el contexto de risas que desencadena el ataque de tos”, con una perito que sumó a este hecho las patologías previas del trabajador, al cual reconoció no haber examinado,, evacuándose una primera sentencia que reconoce no solo el accidente laboral sino el respaldo del juez que dictamina, “lógico es que mientras se trabaja puedan producirse situaciones y/o comentarios que provoquen en las personas el legítimo y saludable efecto de reírse. Ello, sin otra prueba añadida no acredita que no se estuviera en ese momento trabajando “
No contentos con esta primera sentencia, ASEPEYO recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el cual recibe otra reprimenda de la Sala de lo Social, donde el magistrado ponente le recuerda a la mutua (que persiste en su argumento de que la risa es incompatible con el acto del trabajo efectivo) que “el criterio del perito está incurriendo en una calificación jurídica, al manifestar que la situación del actor no deriva de causas laborales.” Cuestión que no le corresponde a la Mutua y se salda con otra sentencia favorable que apuntala el reconocimiento y tipificación de accidente laboral.
Esta es la mutua y sus malabarismos y ardides sobradamente conocidos por la plantilla del Ayuntamiento de Madrid, y que siempre nos tendrá enfrente defendiendo los derechos de todos y cada uno de sus trabajadores y trabajadoras.
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UGT PROPONE MEDIDAS PREVENTIVAS EN EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

El 6 de mayo se ha celebrado una nueva reunión del Comité de Seguridad y Salud del Ayuntamiento de Madrid. Se trata de la primera reunión del Comité que se celebra desde que se puso en marcha el Estado de Alarma derivado de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 y por ello el contenido Leer más …

UGT DEMANDA QUE ASEPEYO SE HAGA CARGO DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO PROVOCADOS POR LA EXPOSICIÓN AL COVID_19

En UGT hemos tenido constancia de una situación que se está dando en las últimas semanas y que está afectando de manera específica a los colectivos cuya actividad ha sido decretada como esencial. Concretamente se trata de un conflicto surgido con ASEPEYO respecto a la interpretación restrictiva que la mutua está haciendo a la hora de tramitar los accidentes laborales por exposición a riesgo biológico.

La situación se ha venido repitiendo de manera sistemática. En particular se ha dado con varios trabajadores de SAMUR P.C., que han acudido a ASEPEYO tras realizar su trabajo atendiendo a pacientes que han resultado ser o bien portadores del virus COVID-19 o bien personas con riesgo de contagio. La respuesta de ASEPEYO ante este tipo de situaciones ha sido la de negarse a atender a los trabajadores, derivándoles a la Seguridad Social, argumentando que esto excede sus competencias.

Desde UGT consideramos que ASEPEYO tiene la responsabilidad de atender a los trabajadores municipales que acudan a sus dependencias tras haber sufrido un accidente de trabajo. En particular, demandamos que los trabajadores de SAMUR P.C., Policía Municipal, Bomberos y Agentes de Movilidad que se vean expuestos a un riesgo biológico derivado del contacto con el virus COVID-19 sean atendidos del mismo modo que se hace con aquellos pacientes que se han visto expuestos a otros riesgos biológicos como el VIH o la meningitis. Una atención que debe incluir todas las pruebas médicas que resulten pertinentes y también el seguimiento de la evolución de la posible enfermedad en los afectados.

Por ello, hemos escrito una carta dirigida al Servicio de Prevención del Ayuntamiento de Madrid, en la que hemos solicitado que se analice lo que está ocurriendo y se tomen las medidas oportunas para que esta situación sea resuelta a la mayor brevedad posible.

– Ampliación –

Tras los incidentes acaecidos entre compañeros del Samur y Asepeyo, de los cuales dimos cuenta en nuestro anterior comunicado, técnicos de prevención de UGT han estado en contacto sobre dicho asunto con la Subdirección del citado servicio, quedando claro que la política de la mutua al respecto es la del lavado del manos.

Consultado el gabinete jurídico de UGT, y dado que la exposición pudiera derivar en problemas de consideración para el trabajador, es muy importante dejar constancia de la *comunicación del accidente/incidente que ha puesto en riesgo al trabajador/a*

Nos alegra comprobar el respaldo que la Subdirección del Samur ha anunciado a dicho trámite, que ha dejado claro que procederá a comunicar a Asepeyo el accidente/incidente aunque la mutua quiera eludir su responsabilidad, añadiendo asimismo que se va a facilitar el acceso a las pruebas de todos los trabajadores expuestos utilizando medios propios si fuera necesario y respetando los períodos de tiempo de evolución conocidos para garantizar la detección y comprobar si se ha contraído la enfermedad de una forma fehaciente.

Por parte de esta Sección Sindical, daremos traslado de lo sucedido tanto a la Dirección General de la Función Pública como a la Dirección General de Policía Municipal, a efectos de que cualquier componente inmerso en una situación similar goce de la misma tramitación, respaldo y cobertura sanitaria.

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SE APRUEBA EL PROGRAMA DE FORMACIÓN VIRTUAL DE ABRIL Y MAYO DE 2020 PARA LOS EMPLEADOS PÚBLICOS MUNICIPALES

La EFAM a puesto en marcha el Programa Virtual de Formación 2020, que normalmente se venía poniendo en marcha en el tercer cuatrimestre del año y que dada la situación de crisis que estamos viviendo en nuestro país con la propagación del coronavirus (COVID 19), ha decidido adelantar, a los meses de abril y mayo de 2020, un paquete de acciones formativas on-line dirigidas a incrementar los conocimientos y competencias profesionales generales de los empleados públicos municipales.

El presente Programa trata de fortalecer la formación virtual con el doble objetivo:

Adelantar acciones formativas dado que se encuentran suspendidas las de naturaleza presencial.
Mantener una oferta formativa con suficiente número de plazas que complemente a la formación presencial que pueda llegar a ejecutarse.
Va a constar de dos fases:

1ª fase: 27 acciones formativas, que pertenecen al PF2020 y por tanto no hay que inscribirse de nuevo, solo se ha visto modificada la fecha realización de estas, dada la situación actual de confinamiento domiciliario. Participarán los trabajadores/as que hayan solicitado estos cursos dentro del plazo ordinario, (ver anexo). Mientras los empleados no puedan incorporarse presencialmente a sus puestos de trabajo, la realización de estos cursos no dará lugar a la compensación horaria prevista en el artículo 15.2 del Plan.  Junto a ello, incorpora una acción de apoyo a la promoción interna (en este caso, para ingreso en la categoría de administrativo).
2ªfase posterior: la EFAM lanzará paquetes adicionales de formación que completarán las acciones ofertadas, e implicará la apertura de plazos extraordinarios de presentación de instancias. 
Desde UGT os animamos a participar en las acciones formativas, aun sabiendo las dificultades en las que estamos todos inmersos y consideramos estas medidas como positivas y necesarias para fomentar e incrementar nuestra formación como empleados públicos municipales.

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MADRID SALUD RESPONDE A LA PETICIÓN DE UGT PARA PROTEGER AL PERSONAL MUNICIPAL MÁS VULNERABLE AL CORONAVIRUS

Desde UGT, nos hemos puesto en contacto con el Servicio de Prevención, responsable de la salud laboral de la plantilla municipal y de los procedimientos de actuación al respecto en relación con el coronavirus, para hacerle partícipe de diversas consultas que nos plantean varios trabajadores y trabajadoras con determinadas patologías en su historial médico.

Nos referimos a quienes padecen enfermedades respiratorias crónicas, neumonía, asma de grado alto, etc, y que deben prestar servicio activo en este contexto de ámbito vírico que puede suponer un agravante o potencial peligro para su estado de salud.

A tal efecto, y al amparo de lo dispuesto en el art. 25 de la LPRL bajo el epígrafe “»Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos», les instamos a que llevaran a cabo la elaboración y difusión de un documento que contemple un “procedimiento de actuación en casos de patologías vulnerables a infección por el coronavirus” que dé respuesta a la desprotección que nos trasladan los trabajadores que padecen las mismas, dado que muchos de ellos pertenecen a servicios esenciales como Policía Municipal, Samur, Bomberos o Agentes de Movilidad, que tienen una exposición permanente en vía pública.

El Servicio de Prevención nos informa que ha elaborado el protocolo solicitado, de aplicación a la plantilla del Ayuntamiento de Madrid y OO.AA, procediendo a su difusión entre la misma, pero que adjuntamos en el siguiente enlace para mayor comodidad:

Protocolo Trabajadores especialmente sensibles Coronavirus Leer más …

Abono teatros 2020 para afiliados

Los afiliados/as de FESP/UGT pueden beneficiarse de una nueva promoción para COMPRAR O RENOVAR su ABONO TEATRO con un descuento del 70%

ABONO TEATRO es la primera tarifa plana de ocio con la que, si eres afiliado/a de FESP/UGT, con un único pago anual de solo 15€ más 3,5 euros de gastos de gestión puedes disfrutar durante 1 año de más de 70 espectáculos en diferentes recintos de Madrid, cine, conciertos, exposiciones, eventos y otras acciones especiales. Una vez registrado tu abono e iniciada tu sesión accederás a toda la oferta de ocio disponible que va cambiando cada día, y solo tendrás que pagar 3,5€ de gastos de gestión por cada entrada que saques. Además si quieres, podrás llevar también a un acompañante (o dos, según normas del recinto) por solo 5 euros + 3,5 euros de gastos de gestión.

El precio de este abono para los no afiliados/as es de 49,90 euros + 3,5 euros de gastos de gestión. 

Para disfrutar de este DESCUENTO EXCLUSIVO debes solicitar tu CÓDIGO PROMOCIONAL para comprar o renovar tu abono a través de TU  SINDICATO; FESP/UGT, enviando un correo electrónico a  fesp.at.afiliado@madrid.ugt.org

Con el código que te enviemos entra en www.abonoteatro.com y podrás comprar o renovar hasta un máximo de cuatro abonos en el mismo proceso de compra. Una vez finalizada la compra el código se anulará, independientemente del número de abonos que hayas adquirido en la misma.

Sólo se administrará un código por afiliado/a y este código es de un solo uso.

Promoción válida hasta el 31 de octubre de 2020 o hasta los primeros 100 abonos.

COMO RENOVAR MI ABONO TEATRO: 

Si ya disfrutas de abono teatro pero pronto se cumplirá un año desde tu registro, puedes solicitar también un código único de descuento para su renovación.
Una vez tengas tu código entra en “MI CUENTA” y clica en “RENOVAR”, verás una casilla donde podrás introducirlo para que se aplique el descuento también en tu renovación. Esto debes hacerlo antes de la fecha de caducidad de tu abono, si no, tendrás que comprarlo de nuevo y volver a registrarte.
Para cualquier duda durante el proceso de compra o renovación, contacta con nosotros a través de www.abonoteatro.com en “CONTÁCTANOS” Leer más …

Firmado en Mesa General de negociación el Acuerdo de Incrementos Retributivos y fondos adicionales derivados del II Acuerdo para la mejora del empleo firmado por UGT

En el día de hoy se ha firmado el “ACUERDO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN RELATIVO AL INCREMENTO RETRIBUTIVO FIJADO EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID PARA 2020 Y EL INICIO DE NEGOCIACIÓN DE LOS FONDOS ADICIONALES RECOGIDOS EN LA RESOLUCIÓN DE 22 DE MARZO DE 2019, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE FUNCIÓN PÚBLICA, POR LA QUE SE PUBLICA EL II ACUERDO GOBIERNO-SINDICATOS PARA LA MEJORA DEL EMPLEO PÚBLICO Y LAS CONDICIONES DE TRABAJO”.

Derivado del mismo, se adoptan las siguientes disposiciones:
Aplicar, para el año 2020, con efectos desde el 1 de enero, un incremento del  2% de las retribuciones integras del personal público del Ayuntamiento de Madrid respecto a las vigentes a 31 de diciembre, en los términos de homogeneidad para los dos periodos de comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.
 Aplicar, con efectos de 1 de julio de 2020, un incremento adicional de las retribuciones integras del personal al servicio del sector público del
Ayuntamiento de Madrid del 1 % respecto de las vigentes a 31 de negociación de 2019 o el que corresponda hasta alcanzar los incrementos globales
resultantes para cada caso, previstos en el Real Decreto-LEY 2020, de 21 de enero.

Aplicar, previa negociación en la Mesa General, a las finalidades previstas en la normativa básica estatal, las cantidades correspondientes a los ejercicios 2018, 2019 y 2020 en los términos establecidos en la Resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaria de Estado de la Función Pública, por la que se publica el II Acuerdo Gobierno-Sindicatos para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo.
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Firmado Acuerdo para la mejora de las condiciones del C.A.S.I.

Estimados compañeros y compañeras hoy se ha firmado un Acuerdo que mejora las condiciones del Centro de Acogida San Isidro. Éste Acuerdo que os
anexamos se ha firmado por UGT, CCOO, CSIF y CITAM.

Como todos sabéis desde UGT pensábamos que a toda la Plantilla del CASI se le debía reconocer un plus por trabajar en un edificio singular, donde no
se hicieran desigualdades por categorías. Hoy se ha materializado gracias al esfuerzo, tesón y fortaleza de nuestras ideas.

Queremos señalar también que hemos tenido que luchar contra otras organizaciones sindicales que querían establecer la desigualdad, precisamente
por categorías, en un concepto en el que nosotros considerábamos que no era moral hacerlo.

Además hemos apoyado la reactivación del Grupo de Trabajo del CASI, el cual llevaba años parado, de esta forma queremos seguir trabajando en otros
conceptos, así como en la organización del trabajo. Os recordamos que es un grupo que depende de la Mesa General de Negociación.

Las líneas de trabajo sindical básicas que queremos seguir trabajando son:

Igualar niveles en las categorías que los tengan inferiores a otros servicios.
Hacer una valoración del complemento específico en base a las funciones que se realizan, aquí si que hay que marcar diferencias entre categorías,
donde se valoren las funciones, responsabilidades, calificación técnica, etc.
Seguir avanzando en las mejoras generales de las condiciones de trabajo.
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