Curso sindical equivalente a las 64 horas de adecuación y capacitación previstas en el Acuerdo Sectorial Policía Municipal

Os informamos que próximamente se va a realizar la acción formativa “Actualización de conocimientos en materia preventiva y de igualdad” (Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres), dirigida al colectivo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

El plazo de inscripción será del 4 al 8 de noviembre, pudiéndose realizar la misma a través del enlace abajo indicado. La convocatoria de selección será del 12 al 14 de noviembre.

INSCRIPCIÓN CLICK AQUÍ

La modalidad de las clases se realizará on-line, con una duración total de 65 horas, del 15 de noviembre al 5 de diciembre de 2019.
La acción formativa versará sobre las materias:

Prevención de Riesgos Laborales (Conceptos básicos, Riesgos ergonómicos, Primeros Auxilios, y Riesgos Psicosociales). 45 horas. Se realizará un primer envío por correo electrónico de la documentación teórica y un test de 30 preguntas.
Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (Conceptos básicos, planes y medidas de igualdad). 20 horas. Se realizará un segundo envío por correo electrónico de la documentación teórica y un test de 10 preguntas.
La fecha límite para enviar los ejercicios correspondientes a las dos materias mencionadas será antes del 5 de diciembre, y se hará al correo electrónico fesp.temarios@madrid.ugt.org . Una vez recepcionados estos, se expedirá al alumnado el correspondiente certificado de aprovechamiento.

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COMISE Acuerdo Sectorial Policía Municipal 29-10-2019

En el día de hoy se ha celebrado una COMISE en la que se han abordado los siguientes puntos:

1º Abono de productividades pendientes de pago 1º y 2º trimestre de 2019.

El día 14 de octubre se generó la clave para gestionar el pago. Un vez creada esta, se pasa a Informática y con posterioridad, serán las Unidades las que deberán modificar las claves por componente, con objeto de discriminar aquellas ausencias justificadas, conforme al actual convenio, de las restantes que supondrían una minoración de dicha productividad trimestral (en el día de ayer se remitió el documento a las unidades para que procedan con este trámite). Finalizado este último paso, se crea el expediente de pago. En relación con estas cuestiones, se decidió por parte de la Corporación, ampliar los permisos retribuidos a los mismos supuestos recogidos en el Convenio General.

2º Abono de jornadas ampliadas. Las jornadas de Tipo 1 y Tipo 1 noche se han remitido ya a Retribuciones para su devengo.

Las jornadas Tipo 2, 3 y 4: esta semana se va solicitar a las Unidades del cuerpo que aporten certificación de aquellas que ya hayan sido realizadas por los policías. En relación con las jornadas de Tipo 3, se acuerda que, siempre que haya voluntariedad por parte del policía afectado, estas se puedan realizar en día festivo.

3º Corrección de deficiencias y errores cometidos en la aplicación y compensación económica de la reclasificación al grupo C1.

Se nos informa que, a fecha de hoy, en la categoría de policía se han resuelto 80 expedientes, de los cuales se han integrado 39 a la categoría C1. En la categoría de Oficiales, se han resuelto 5, integrándose 4 de ellos a la categoría C1. Respecto a la reclasificación a C1 de las permutas, la Corporación empezará a contestar los expedientes a partir de la semana próxima, si bien, según palabras textuales de la Jefa del Departamento, su intención es la de “reclasificar todas”.

4º Abono de cantidades para el personal con titulación recogidas en el ap. 9.2 de Acuerdo de Policía Municipal.

Por parte de la Corporación, se nos indica que ya tienen la clave creada para el devengo de los 169€. Que están probando la misma a nivel informático y en breve estará lista, si bien y como ya se acordó en la anterior Comise, el pago de esta cantidad se realizará en la nómina de enero 2020. 5º Cambio del sistema de libranza según cuadrante. Retomando negociaciones anteriores incluso al actual acuerdo, se les solicita que estudien la viabilidad de modificar la libranza inter-semanal actual, de tal manera que esta se disfrute con posterioridad a haber trabajado el fin de semana. Sobre esta cuestión, se acuerda por parte de las centrales sindicales aportar un planning anual con el nuevo sistema, el cual se estudiará en futuras reuniones.

6º Prestación de servicio los días 24 y 31 de diciembre: cómputo horario.

Al objeto de determinar qué franja horaria de dichos días se abonará conforme a las cantidades económicas establecidas en el punto 12, se acuerda que se remunerarán aquellas comprendidas entre las 14 horas del día 24 o 31, hasta las 8h de los días 25 o 1 respectivamente.

7º Asistencia a juicios. Aclaración punto segundo.

Se acuerda reconocer el derecho a disfrutar del tiempo libre o su abono (5 o 6 horas según el caso), además de los supuestos tasados en dicho apartado, a todas aquellas ausencias autorizadas que comprendan todo el día (convenios, bajas, permisos paternidad/maternidad…).

8º Productividad por especial dedicación y disponibilidad: ausencias justificadas.

Teniendo en cuenta que al haberse dado de alta este complemento (140€ mes) con un carácter de productividad, en contra de la voluntad de las centrales sindicales firmantes, está produciendo que su cuantía se esté viendo mermada en los supuestos de baja por contingencias comunes. Por ello se insta a la Corporación a que dé las instrucciones al departamento correspondiente para que se abone íntegramente a todo el personal, pues su naturaleza es la de compensar la dedicación y disponibilidad que le viene ordenada a todo agente por los Principios Básicos de actuación recogidos en el art. 5.4 de la LOFCS 2/86. Y en el peor de los casos, que se cuantifique una cantidad que sea mínima a detraer de los 140€ en caso de baja por contingencia común.

9º Ruegos y preguntas Por parte de las centrales sindicales asistentes, se formulan las siguientes consideraciones:

Solicitar la constitución de una mesa técnica para evaluar el modo de concesión de días, la transparencia en la asignación de horas extraordinarias, así como información detallada respecto a la productividad de la Escala Técnica.
Solicitar la viabilidad del abono a los Auxiliares de Policía la cantidad de 520€ de productividad.
Solicitar la grabación de las sesiones de Comise y Mesa Sectorial para evitar malos entendidos. y la remisión de las actas de las mismas en un tiempo breve.
Informar a la Corporación de la viabilidad, términos y contenidos de los cursos así como métodos de realización de las 64 horas de formación y capacitación recogidas en el Acuerdo de Policía, siendo aceptados por los representantes de la misma y consensuándose su supervisión en Comise.
Recordar a los representantes de la Corporación que la adecuación de la jornada laboral a las 35h ya estaba presupuestado por el anterior gobierno municipal, exhibiéndose los documentos que lo acreditan, con objeto de que corrijan su discurso y sean fieles a la realidad en sus manifestaciones.
Solicitar la prórroga del disfrute de días hasta el 31 de marzo de 2020, estando la Corporación de acuerdo en ello
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UGT inicia la reclamación de la correcta aplicación de los acuerdos firmados en la actualización de las retribuciones en Policía Municipal

Revisados diversos pagos y conceptos, desde UGT confirmamos que los importes por gratificación de servicios extraordinarios no se han actualizado para Policía Municipal durante 2018 y hasta la aplicación del nuevo Acuerdo aprobado en febrero de 2019
Tras varios meses de analizar y contrastar datos por diversos medios, desde UGT confirmamos la falta de actualización que padece el concepto que retribuye los servicios extraordinarios del personal de Policía Municipal, cuyo importe sufrió -como el resto de ítems de la nómina- los efectos del decretazo de 2010, que supuso el 5% de recorte en todas las retribuciones, preámbulo del resto de atropellos que han sufrido ls empleadas y empleados públicos

Dicho ítem no se ha visto actualizado por la ejecución del Acuerdo firmado entre las principales centrales sindicales, con el Ministro de Hacienda Cristóbal Montoro en 2017 donde se fijaba un calendario y porcentajes para comenzar a recuperar el poder adquisitivo perdido.
La ejecución del citado Acuerdo vino reflejado en los Presupuestos Generales del Estado de 2018 aprobados en julio del mismo año, donde desde el 1 de enero se produjo un incremento salarial del 1,5% al cual se le sumó un 0,25% adicional desde julio de 2018, seguido del 2,25% -aplicado por decreto ley en diciembre de 2018- correspondiente al mes de enero de 2019, momento en el que entra en vigor el nuevo Acuerdo Sectorial de Policía Municipal

Sin embargo, tras una inspección exhaustiva de las nóminas, no hemos encontrado las actualizaciones retroactivas de los pagos de los servicios extraordinarios, necesarios para cubrir sobretodo los eventos en festivos y fines de semana, que al menos desde el momento en el que se aplica el nuevo Acuerdo firmado por UGT, CCOO y UPM, regulariza los recortes sufridos hasta el momento, situándonos en los valores anteriores al decretazo y minimizando el impacto acumulado.

Este proceso, en teoría sencillo pero revestido de gran complejidad que hemos iniciado, permite confirmar fehacientemente la no actualización de dichos importes y esperamos que llegue a buen puerto la reclamación administrativa presentada a tal efecto – y por tanto se vea reflejado en próximas nóminas –. Ello no impide que estemos preparados ante una posible negativa, momento en el que iniciaremos la reclamación a través de la presentación de un contencioso administrativo en defensa de todos los trabajadores y trabajadoras y que, llegado el caso, sean los tribunales los garantes de un derecho que nos asiste y se ponga punto y final a una situación que el Ayuntamiento de Madrid debería haber aplicado de oficio

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Valoración propuesta de la dirección del cuerpo sobre la adecuación de la jornada a 35h conseguidas en el convenio general del Ayuntamiento de Madrid

Analizada la propuesta de la Dirección General de Policía Municipal para la compensación/adecuación de la Jornada laboral de 35 horas, los sindicatos firmantes realizamos la valoración expuesta a continuación:

Según se desprende de la propuesta de la Dirección, se realiza la siguiente cuantificación:

13 días de compensación por el exceso de jornada de 35h a 37,5 h.
2 días adicionales en base al artículo 15, punto cuarto, letra L, del Acuerdo Convenio General, que suman un total de 15 días. (Entendemos que se quiere dar un reconocimiento al derecho que ese articulado supone, pero no aceptamos que esos dos días vayan vinculados en modo alguno a esa compensación, cuya esencia y finalidad nada tiene que ver con la misma)

Discrepamos de la interesada metodología de cálculo que se realiza para la misma puesto que, como bien dijo textualmente el Director de Policía, dicha mejora laboral se aprobó con los presupuestos de este año, dando su beneplácito Intervención. Por ello, no es de recibo que se aplique su descuento desde el cómputo anual de 1560 horas, traducidas en un total de 195 jornadas, en vez de las 184 jornadas anuales que se realizan en la actualidad, gracias a la aplicación del vigente Acuerdo de Policía Actual.

Por lo tanto, con la propuesta, el cómputo anual a realizar sería de 180 jornadas, descontando únicamente 4 jornadas anuales menos a trabajar, respecto a las 184 jornadas realizadas actualmente. Asimismo, los 3 días por flexibilidad pasan a ser incluidos en los citados 13 días, además de los 8 días del curso de formación y capacitación.

Resumen

Los días de disponibilidad en contadores pasarían a ser 26.
10 días de cobro obligado, reducidos de los días libres por convenio en turnos diurnos, y de cuya cuantía REAL volveremos a solicitar aclaración en la Mesa, ya que en un principio se informó de su abono a razón de 22.60 e/.h por 8 horas en base a 10 días, pero ahora resulta que se abonarán “calculando el importe bruto de las retribuciones correspondientes a cada efectivo y el número de horas correspondiente a cada turno “.
8 días de cobro obligado en el turno de la noche (Entendemos que los 2 días que se reflejan en la propuesta deben de ser una errata pero lo abordaremos en Mesa).
En el último párrafo se recoge la obligatoriedad para el año 2019 de realizar el curso de formación y capacitación, si bien no se especifica si se aplicará el mismo criterio para el 2020. Por parte de las centrales sindicales firmantes del acuerdo se facilitará en próximos días las indicaciones y métodos para realizar este curso, cuya valoración y criterios se llevaran a cabo por los citados sindicatos junto con los representantes de la Corporación en la Comise.
Desde los Sindicatos firmantes del Acuerdo de Policía, no vamos a consentir retrocesos en condiciones laborales ni modificaciones engañosas en el contenido del vigente Acuerdo Regulador del Régimen Especial del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid. Seguiremos informando. Leer más …

UGT inicia la reclamación de la correcta aplicación de los acuerdos firmados en la actualización de las retribuciones en SAMUR-P.C.

Revisados diversos pagos desde UGT, confirmamos que los importes por gratificación de servicios extraordinarios no se han actualizado para el personal de SAMUR-P.C.
Los importes correspondientes a la gratificación por servicios extraordinarios sufrieron una minorización del 5% en 2010.
Tras varios meses de analizar y confirmar datos por diversas fuentes, desde UGT confirmamos la falta de actualización del concepto que retribuyen los servicios extraordinarios del personal SAMUR-P.C., cuyo importe sufrió, como el resto de ítems de la nómina, el decretazo de 2010 que supuso el 5% de recorte en todas las retribuciones, preámbulo del resto de atropellos que hemos sufrido las empleadas y empleados públicos.

Dicho ítem no se ha visto afectado por la ejecución del Acuerdo firmado entre UGT y otras centrales sindicales, con el Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en 2017 donde se fijaba un calendario y pautas de porcentajes para comenzar a recuperar el poder adquisitivo perdido.

La aplicación del citado Acuerdo vino ejecutado en los Presupuestos Generales del Estado de 2018, aprobados en julio del mismo año, donde desde el 1 de enero se produjo un incremento salarial del 1,5% al cual se le sumó un 0,25% adicional desde julio de 2018, seguido del 2,25% aplicado por decreto ley en diciembre de 2018, más el 0,25% desde el mes de julio, comportando un 4,25% acumulado en la actualidad.

Sin embargo, tras una inspección exhaustiva de las nóminas, no hemos encontrado las actualizaciones retroactivas de los pagos de las guardias extraordinarias, bien realizadas para cubrir falta de efectivos y las situaciones donde los eventos han precisado servicios preventivos, o como abono de la implantación de la jornada laboral de 35 horas.

Este proceso, en teoría sencillo pero revestido de gran complejidad que hemos iniciado, permite confirmar fehacientemente la no actualización de dichos importes, y esperamos que llegue a buen puerto la reclamación administrativa presentada a tal efecto – y por tanto se vea reflejado en próximas nóminas – ,  no impide que estemos preparados ante una posible escenario negativo, momento en el que iniciaremos la reclamación  a través de la presentación de un contencioso administrativo en defensa de todos los trabajadores y trabajadoras,  y que, llegado el caso, sean los tribunales los garantes de un derecho que nos asiste y se ponga fin a una situación que el Ayuntamiento de Madrid debería haber aplicado de oficio

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Respuestas de la Coordinadora General de Presupuestos y Recursos Humanos en la Comisión de Hacienda sobre abonos pendientes en Policía y reclasificación de Auxiliares de Policía Municipal

Actualmente, se están tramitando 73 expedientes administrativos enviados por la DGPM en distintas líneas de productividad (guardias presenciales, no presenciales, dietas, productividad por asistencia, festivos, productividad por objetivos y jornada ampliada)
Dada la habitual complejidad de los expedientes administrativos, es un proceso farragoso y se demora su abono
En la nómina de octubre se abonarán productividades correspondientes a 10 expedientes: 5 de dietas, 3 de productividad variable y 2 de productividad por objetivos
Hay 38 expedientes en revisión por el Área y 28 están siendo supervisados
A dichos procesos, hay que añadir la entrega de 10 millones de euros por el abono de la jornada laboral de 35 horas, que, según manifiesta, «trataremos de llevar a cabo lo antes posible».
Sobre la reclasificación de los Auxiliares de Policía Municipal, la Coordinadora no da una respuesta positiva a la misma al entender que tanto por el TREBEP como por la Ley de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, que encuadra a los Auxiliares en el grupo E, no cumplen los requisitos exigidos por la Ley.
Y NO, A DÍA DE HOY NO HA SIDO REMITIDA LA PROPUESTA PORMENORIZADA DE LA ADECUACIÓN DE LA JORNADA LABORAL DE 35 HORAS POR PARTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL A LAS CENTRALES SINDICALES. Leer más …

Cuando se quiere convertir un derecho en una obligación

Desde UGT, uno de los principales sindicatos promotores y garantes del  proceso de jubilación anticipada de los Bomberos, cuando  vemos cómo  se utiliza un DERECHO para atacar a la libertad del trabajador y convertirlo en una OBLIGACIÓN, no podemos quedarnos callados.

El decreto 383/2008 de 14 de marzo, establece los motivos y criterios que justifican el DERECHO de los Bomberos a jubilarse anticipadamente, que se dota en la Ley 2/2008 de Presupuestos Generales del Estado, en su disposición adicional novena,  de las condiciones de cotización en cuyo apartado se recoge literalmente::

 “quienes alcancen la edad que aplicando los indicados beneficios abriría el acceso a la pensión de jubilación pero sin embargo permanezcan voluntariamente como activos…” señalando a continuación una serie de beneficios en las cotizaciones para las administraciones o empresas a las que estén adscritos.

Dichas reducciones son producto del incremento en la cotización contemplada en la disposición adicional primera del Decreto 383/2008, que permite el sostenimiento del sistema de pensiones y que son devueltas a las empresas si el/la bombero/a decide permanecer voluntariamente en el puesto de trabajo y es aquí donde debemos subrayar la diferencia semántica… entre dos palabras “DERECHO” y “OBLIGACIÓN”

Vamos a referirnos al significado de dichas palabras:

DERECHO, según el diccionario de la RAE: “Facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor, o que el dueño de una cosa nos permite en ella”

 OBLIGACIÓN, igualmente según la RAE:” Aquello que alguien está obligado a hacer. Imposición o exigencia moral que debe regir la voluntad libre.

¿Y si la jubilación anticipada es producto de la aplicación de los coeficientes reductores y sostenida por el incremento de la cotización, dotándose de eficacia como DERECHO, ¿por qué lo queremos convertir en una OBLIGACIÓN?

Solo cabe una razón: la protección de la salud del trabajador, pero no porque a alguien se le ocurra señalar con el dedo, sino por motivos objetivos defendidos por UGT e incluidos en el Acuerdo Sectorial de Bomberos, “Escala Operativa” en su artículo 8.1, donde se dice literalmente:

 “Las actividades deportivas enmarcadas dentro de esta figura estarán limitadas al entrenamiento que pudiera resultar necesario para el mantenimiento de la condición y capacidad física adecuada y exigible para el seguro y correcto desempeño de las actividades inherentes a la profesión de bombero/a, sin que en ningún caso puedan comprender actividades de riesgo o peligro.

Cada dos años como máximo, se realizará al personal que presta servicio en la modalidad de atención directa al siniestro o en apoyo técnico (excepto apoyo técnico por incapacidad física), los controles físicos necesarios para comprobar su aptitud física” siendo motivo de paso a Apoyo Técnico la no superación de los controles.

En el Preacuerdo firmado el pasado día 15, entre otros motivos, para sacar del atasco en el que el anterior equipo de gobierno municipal encalló a los integrantes de la Escala Técnica, se recoge exactamente en los mismos términos expresados anteriormente en su artículo 8.1.2; por tanto, se garantiza la correcta forma física y los mínimos funcionales para desempeñar el puesto de Bombero/a.

Dicho esto, os invitamos a la siguiente reflexión:

Si un DERECHO es una facultad que puedo ejercer de forma voluntaria.
Si nuestra salud está protegida por los reconocimientos médicos.
Si la seguridad de la intervención está respaldada por un control de las capacidades físicas (inexistente hasta ahora)…
¿¿¿Por qué quieren imponer una obligación y no nos dejan disfrutar con libertad de elección y criterio de los derechos que nos otorga la ley???

Importante significar a este respecto que se está elaborando un catálogo de tareas para adecuar y prevenir los posibles riesgos según la edad del trabajador/a de cara a implementar con mayor eficacia una reforzada protección de los/las Bomberos/as del Ayuntamiento de Madrid en la prestación del servicio, poniendo el foco en la salvaguarda de su integridad física.

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UGT NO ACEPTARÁ UNA JORNADA LABORAL DE 35H “LOW COST” QUE CONLLEVE DISCRIMINACIÓN Y VULNERACIÓN DE DERECHOS

En la rueda de prensa celebrada tras la Junta de Gobierno del día 10 de octubre, la Delegada del Área de Portavoz, Seguridad y Emergencias, Inmaculada Sanz, realizó las siguientes declaraciones. “Hemos aprobado una dotación presupuestaria de casi 10 millones de euros para pagar la deuda contraída por el anterior equipo de gobierno por la jornada laboral de 35 horas de la Policía Municipal de Madrid”.

Por su parte, el alcalde de la capital, José Luis Martínez-Almeida, presente en la citada rueda de prensa, criticó al anterior equipo de gobierno por no hacer una provisión de fondos para cubrir esta medida que anunciaron «a bombo y platillo» sin dotarlo presupuestariamente.

De las posteriores respuestas que ambos responsables municipales dieron a distintos medios de comunicación no queda claro de una manera definitiva y concluyente que la citada cuantía se destine a abonar la aplicación de la jornada laboral de 35 h otorgando carta de legitimidad a su vigencia desde el año 2019, sino que más parece que van a argumentar la supuesta falta de cobertura presupuestaria para este año de cara a iniciar su implantación y pago a partir del año 2020, impresión que viene respaldada por manifestaciones al respecto del Director General de Policía en la Mesa Sectorial de fecha 30 de septiembre y recogidas expresamente en la pág. 3 del acta de la citada reunión.

Desde UGT, queremos desmentir estas declaraciones del Alcalde, cargadas de un claro sesgo político, ya que organismos de una clara solvencia y ausencia de partidismo como son la Dirección General de Hacienda y la Intervención General municipal supervisaron y aprobaron con sendos informes económicos –que obran en poder de esta central sindical- la dotación presupuestaria de los acuerdos referentes al colectivo, como puede observarse en las imágenes adjuntas.

Asimismo, no vamos a permitir que la Dirección General haga oídos sordos a la justa aplicación de un derecho legítimo, irrenunciable y de obligado cumplimiento como es la transposición de la jornada laboral de 35 h (negociada y firmada por UGT) en base a las condiciones de adecuación que se recogen en el Acuerdo de Condiciones Laborales de Policía Municipal, también firmado por esta central sindical, y que en modo alguno, puede entenderse por una interpretación unilateral y arbitraria de la Corporación, que sea de aplicación a partir del año 2020, ya que constituiría una flagrante discriminación respecto a otros colectivos y una vulneración de los acuerdos firmados, que traduciríamos automáticamente en la correspondiente demanda ante instancias judiciales, máxime cuando en el día de hoy, UGT ha firmado con el Consistorio la aplicación de la jornada laboral de 35h para la Escala Técnica de Bomberos, vigente y de aplicación desde el año 2019.

DESDE UGT, PEDIMOS A LA NUEVA CORPORACIÓN QUE NO CAIGA EN LA TENTACIÓN DE UTILIZAR LOS DERECHOS DE LA PLANTILLA COMO ARMA ARROJADIZA DE PROPAGANDA POLÍTICA Y RESPETE LAS VINCULACIONES JURÍDICAS Y ECONÓMICAS DE LOS ACUERDOS APROBADOS.

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Pronunciamiento de la Sección Sindical de Policía, Emergencias y Movilidad ante la sentencia del «Proces» emitida por el Tribunal Supremo

La Sección Sindical de Policía, Emergencias y Movilidad de UGT en el Ayuntamiento de Madrid desea expresar las siguientes consideraciones ante la sentencia emitida por el Tribunal Supremo sobre los hechos acaecidos en el denominado “procés”:

MANIFESTAR NUESTRO RESPETO Y ACATAMIENTO al citado pronunciamiento judicial que si bien no es la solución a un conflicto político, es impecable en el marco de las garantías procesales, argumentos y contenidos.
MANIFESTAR NUESTRO APOYO, SOLIDARIDAD Y RECONOCIMIENTO con la labor que en la comunidad catalana, llevan a cabo los compañeros y compañeras de los Cuerpos de Policía Nacional, Mossos y Guardia Civil, en su condición de garantes de la democracia, la seguridad ciudadana y la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades legalmente reconocidos.
APOSTAR, dentro del marco de la legalidad y la negociación política e institucional, por el cese de cualquier espiral de tensión y crispación social y nuestro firme compromiso por el establecimiento de un escenario de diálogo entre partidos y gobierno para recuperar espacios de convivencia social y normalización política entre la comunidad catalana y España.

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UGT dice no a un concurso con “ropajes” de mascarada

Reunida la Mesa de Funcionarios para tratar las bases específicas que deben regir las oposiciones para cubrir las plazas de enfermera/as en el SAMUR-P.C., llegamos al verdadero escollo tras debatir y adecuar varios puntos a las necesidades reales según el contenido de las bases generales,

En el caso de las plazas que ya se encuentran en fase de exámenes correspondientes a Médicos/as y Técnicos/as, UGT votó “NO” porque no se incluyó el concurso en las bases que nos han presentado la semana pasada. Respecto a las directrices reguladoras de la selección de Enfermeros de Emergencias, UGT vuelve a votar “NO” porque el concurso que se presenta más parece una mascarada indolente a la hora de poner en valor la puntuación del trabajo en el SAMUR-P.C respecto a otras administraciones. UGT siempre ha defendido la inclusión de concursos y la importancia de una mayor puntuación al personal interino del Ayuntamiento de Madrid -cuestión que no está reñida con las sentencias existentes al respecto- siempre y cuando dicha puntuación no levante hitos inalcanzables por otros opositores en defensa de los principios de igualdad.
Vemos como en otras administraciones se sobrevalora en las fases de concurso a los/as aspirantes que han prestado servicio en la administración convocante, ya que, además de un factor de reducción del precario empleo temporal en las administraciones públicas, tiende a aprovechar la experiencia y formación recibida de los aspirantes.

Desde UGT nos congratulamos con el cambio de rumbo que, en este sentido, adopta el equipo de gobierno municipal, para introducir el concurso en los procesos selectivos del Ayuntamiento de Madrid, necesarios y reclamados en muchas categorías donde la experiencia marca la diferencia, pero nos apena ver cómo realmente se infravalora el esfuerzo que, día a día, da sentido al buen hacer de los trabajadores y trabajadoras municipales.

Por otra parte, debemos expresar nuestro malestar con lo sucedido en la Mesa, al abordar las bases referidas al SAMUR-P.C.. . Los representantes del consistorio, más atentos al reloj que a la importancia de la reunión, protagonizaron una desbandada en la que brilló la ausencia del Director General de Emergencias y Protección Civil, cuestión que no permitió poder debatir la necesidad de la comentada diferencia de puntuación, provocando el rechazo de los textos presentados por la parte social.

Hemos de decir –alto y claro- NO! No resignamos a que dichos documentos se publiquen vía decreto sin agotar la vía de la negociación, motivo por lo cual solicitaremos la convocatoria de la Mesa de Funcionarios para plantear y exigir de nuevo la necesidad del concurso, pero un concurso dotado de rigor, en condiciones y no una simple fachada para dar carpetazo al asunto.

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COMISE Acuerdo Sectorial Policía Municipal sesión 08/10/2019

Ayer, 8 de octubre, tuvo lugar una COMISE a la que asistieron, además de la parte social, la nueva Subdirectora de Personal, Mª Cruz Sánchez, junto a la Jefa de Servicio. El Director de Policía nos privó de su presencia. Los puntos del orden del día han sido los siguientes:

1º.- Abono de las productividades del año 2018, enero de 2019 y trimestrales del año 2019

Se nos informa por parte de la responsable del Departamento de Tramitación que en el mes de octubre se abonará la productividad del año 2018 y 3 meses de horas extraordinarias. Con respecto a la productividad trimestral, ya tienen completas las claves y todos los expedientes para tramitar los dos primeros trimestres, a falta de la clave de nómina.

La productividad del mes de enero, al estar vinculada al anterior Acuerdo de Policía, se abonará en el mes de septiembre del año 2020.

2º.- Abono de jornadas ampliadas.

El expediente de las jornadas ampliadas tipo 1 ya está tramitado y en 2 meses se verá reflejado en la nómina, las jornadas tipo 2,3 y 4 se están tramitando sobre la marcha según se realizan las mismas.

3º.- Apertura de la Comisión de Seguimiento de la Planificación de las Jornadas Ampliadas.

Se acuerda en esta Comise la creación de dicha Comisión de Seguimiento con el fin de aclarar todas aquellas dudas que puedan surgir en las diferentes Unidades para la realización de estas jornadas, así como su afectación a posibles eventos, según establece el Acuerdo Convenio.

4º.- Contadores de ausencias trimestrales e individuales para la gestión y el cómputo de la nueva productividad trimestral.

Nos informa la Jefa de Servicio que ya tienen todas las claves de ausencia registradas y se comprometen a crear un contador general de ausencias para que cualquier componente pueda consultarlo en su zona personal de AYRE.

5º.- Abono de las cantidades para el personal con titulación, recogidas en el apartado 9.2 del Acuerdo de Policía Municipal.

A día de hoy, no se ha realizado ninguna gestión por parte de la Subdirección de Personal para realizar dicho pago. Se propone por los representantes sindicales su abono en una sola vez, estando de acuerdo la Administración.

6º.- Regulación de los 8 días libres generados por jornadas de especial formación y capacitación.

Este punto queda en suspenso hasta nueva convocatoria, prevista para la semana que viene, donde exigimos la presencia del Director para dar una respuesta cerrada y definitiva.

7º.- Ruegos y preguntas. Se informa en la Comise que, en diferentes unidades, no se están asignando las jornadas ampliadas conforme al procedimiento establecido en el Acuerdo, realizándose los servicios extraordinarios por horas extras.

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Temas abordados en el Comité de Seguridad y Salud sobre SAMUR-P.C. a Petición de UGT

El pasado día 26 de septiembre de 2019 se celebró una nueva sesión del Comité de Seguridad y Salud del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, en el que UGT formuló varias preguntas relacionadas con el colectivo de SAMUR P.C. PREGUNTA: Solicitud de información sobre la situación en la que se encuentran las puertas Leer más …

Temas abordados en el Comité de Seguridad y Salud sobre el Cuerpo de Bomberos a Petición de UGT

El pasado día 26 de septiembre de 2019 se celebró una nueva sesión del Comité de Seguridad y Salud del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, en el que UGT formuló varias preguntas relacionadas con el Cuerpo de Bomberos.

PREGUNTA: La primera de las cuestiones planteadas fue la solicitud de información sobre la situación en la que se encuentra el Parque 3º de Bomberos, situado en Ronda de Segovia 95, ya que hemos detectado que carece de agua caliente en la zona de aseos y duchas.

RESPUESTA: La respuesta recibida fue que el día 16/09/2019, la empresa de mantenimiento llevó a cabo el desmontaje del acumulador averiado de la sala de calderas y en breve se va a proceder a su sustitución por una caldera mural nueva, por lo que se prevé que quedé instalada y funcionando en breve. No obstante, los termos eléctricos provisionales siguen funcionando, lo que evita la interrupción en el suministro de agua caliente. Estos termos se retirarán en el momento de que la nueva instalación entre en funcionamiento.

PREGUNTA: Igualmente, demandamos información sobre el estado en que encuentra el Parque 6º de Bomberos, situado en la C/ San Bernardo 68, ya que los trabajadores refieren malos olores y presencia constante de insectos en la zona de aseos y duchas.

RESPUESTA: En el Parque de Bomberos nº 6, la recogida de aguas fecales no ha sido realizada de acuerdo a normativa (Obra realizada por Patrimonio). Según el informe emitido por el Jefe de Parque y la empresa de Mantenimiento se transcribe lo siguiente:

Al pozo de saneamiento del edificio acometen dos colectores, uno de las tazas del vestuario de la planta sótano y otro de los vestuarios y duchas de la planta primera, colectores que deberían acometer a la arqueta de paso inmediatamente anterior a la arqueta sifónica, y en ningún caso directamente al pozo de edificio. Se dio la circunstancia además que en la apertura de este pozo, se encontraron gran cantidad de insectos en su interior, que fácilmente se desplazan por el colector de los vestuarios al estar directamente comunicado, llegando por tanto a la zona de duchas y vestuario de la primera planta.
Que la arqueta sifónica dispone de un codo invertido en su entrada y un segundo codo invertido a su salida, trabajando por tanto como separador de grasas y fangos, en lugar de como arqueta sifónica. Además, su profundidad es de un metro de línea de agua y sus bordes inferiores con vértices de 90º, lo que impiden su correcta limpieza. Como consecuencia están proliferando vectores en su interior que finalmente salen a la luz en los cuartos húmedos del Parque 6
Por lo anteriormente expuesto, se proponen (…) las siguientes medidas correctoras:

Modificación de la situación de los colectores que vierten directamente al pozo de edificio, trasladando su vertido a la primera arqueta anterior a la arqueta sifónica. Existe una en el mismo vestuario, y se estudiaría la posibilidad de usarse para este fin la arqueta a ”pie de bajante”(…). Modificación del actual separador de grasas y fangos por una arqueta sifónica según normativa, con un solo codo invertido en el sentido entrada de agua, una línea de agua de 45CM de profundidad, bordes inferiores redondeados y colector de salida a pozo de edificio sin el actual codo invertido.
Revisión de rejilla absorvedero en las duchas para comprobar la existencia de cierre hidráulico.
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